La Audiencia de Sevilla rechaza que se amplíe la investigación de los móviles del caso Marta del Castillo
El tribunal confirma que la búsqueda del cuerpo continuará pese al cierre de la pieza separada
La Audiencia de Sevilla ha desestimado el incidente de nulidad planteado por la familia de Marta del Castillo, la joven sevillana por cuyo asesinato en 2009 fue condenado Miguel Carcaño a 21 años y tres meses de cárcel, contra la decisión de dicha instancia de ratificar un auto del Juzgado de Instrucción número 4 que excluye de la investigación de los «datos telefónicos crudos» de los móviles de la víctima y el autor del crimen al resto de los implicados en este caso.
En un auto emitido el pasado 24 de marzo, difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla desestima el incidente de nulidad de los padres de Marta del Castillo contra dicha decisión, porque no cabe «una ampliación de dicha diligencia a los teléfonos móviles de terceras personas ya juzgadas, por que sería nula por infringir los dispuesto en el artículo 588 tercero b y c».
La medida, según la Audiencia, «afectaría a derechos fundamentales de los mismos y carecen de la cualidad de investigados, por haberse concluido el proceso penal que justificó en su momento la incoación de esta pieza separada» de la búsqueda del cadáver de Marta. En concreto, el tribunal se refiere a los derechos del hermano de Carcaño, Francisco Javier Delgado; de su novia, María García Mendaro; del amigo de Carcaño Samuel Benítez, y del joven Francisco Javier García, conocido como el Cuco.
La búsqueda continúa pese a ello
La búsqueda del cuerpo, según la Audiencia, es «la única razón del mantenimiento de la presente pieza, sin que a través de ella pueda alcanzarse a una revisión de lo ya enjuiciado, ni a la ampliación de la instrucción, lo cual excede del marco de este procedimiento, y por ello limita el objeto de la pericial acordada al examen de los teléfonos de Miguel Carcaño, autorizados por él; y al teléfono del que era titular y usuaria Marta del Castillo, excluyendo de la pericial el resto de terminales telefónicos, por referirse a personas para las que no existe una causa que justifique dicho estudio y no consta que consientan el mismo».
En su auto, la Audiencia precisa que la búsqueda del cadáver de Marta del Castillo «no tiene límite temporal» y que la Policía Nacional y la Fiscalía «pueden y deben realizar las indagaciones que estimen necesarias para su descubrimiento, pero ello no puede conllevar la continuación de un procedimiento ya acabado y, menos, afectar a derechos fundamentales de personas que ya han sido juzgadas, sin perjuicio de que, si prestan su consentimiento, pueda indagarse por parte de la Policía o la Fiscalía sobre lo aceptado sin necesidad de intervención judicial».
Además, la Audiencia indica que la indagación de los datos crudos de los teléfonos móviles de Miguel Carcaño y Marta del Castillo «debe quedar al margen de esta pieza separada, que debió declararse terminada al recaer sentencia firme en el procedimiento penal al que estaba vinculada». «En ningún caso procede mantener una investigación sine die, sin justificación para la intervención judicial y, menos, cuando lo que se pretende es la práctica de nuevas diligencias que afectan a derechos fundamentales de personas ya enjuiciadas, que ya han dejado de tener el status de investigados», insiste la Audiencia.
La Audiencia no ve así vulnerado el «principio de intangibilidad», el derecho a la tutela judicial efectiva o el principio de seguridad jurídica, extremos que esgrimía la familia de Marta del Castillo, a la que, además, impone las costas de la resolución de este incidente de nulidad.