Caso ERE

La Fiscalía abre la puerta a que Griñán no entre en la cárcel

Anticorrupción no se opone a la suspensión de la pena de prisión del expresidente andaluz por su «enfermedad muy grave e incurable»

La Fiscalía Anticorrupción no se opone a que el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán no entre en la cárcel, debido al cáncer de próstata que éste padece y alega para no cumplir los seis años de prisión a los que fue condenado por el caso ERE, después de que la Audiencia de Sevilla le remitiera el informe forense sobre su estado de salud, que hace «desaconsejable su ingreso» en prisión.

En un escrito elevado este mismo miércoles a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, los fiscales Juan Enrique Egocheaga Cabello y Manuel Fernández Guerra, delegados en Sevilla de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, exponen que «a la vista del informe emitido por el Instituto de Medicina Legal (IML), en el que indica que el penado padece una enfermedad muy grave e incurable a los efectos de lo dispuesto en el artículo 80.4 del Código Penal», no se oponen a la «aplicación» de dicho artículo.

Este artículo del Código Penal establece que «los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo».

En el citado informe del IML de Sevilla, la médico forense autora del mismo, María Ángeles Dichas, determina que la «enfermedad muy grave con padecimientos incurables» que sufre Griñán se encuadra «en los términos que señala el artículo 80.4 del Código Penal».

En este documento, emitido después de que la Sección Primera de la Audiencia le instase a emitir «el informe solicitado» con concreciones respecto a su pronunciamiento previo sobre si Griñán puede seguir en prisión su tratamiento contra el cáncer de próstata, la médico forense reiteraba «lo ya dicho en anteriores informes», esto es, que el tratamiento del cáncer que padece el expresidente andaluz necesita «vigilancia estrecha», por lo que resulta «poco compatible con la vida en prisión».

El cáncer no ha remitido

Del mismo modo, la médico forense exponía que Griñán padece «una enfermedad muy grave» y que el hecho de que haya terminado las sesiones de radioterapia «no significa que el cáncer haya remitido», con lo que «no existen criterios médicos que permitan hablar de remisión del cáncer, una enfermedad incurable»; extremo que, según recalcaba, «vuelve a hacer patente la dificultad de mantener una dinámica carcelaria».

En cuanto a «la posibilidad de compatibilizar el ingreso en prisión con el tratamiento médico», la forense remitía a su informe de fecha 28 de mayo, donde ya dio, aseguraba, «suficiente respuesta recordando que es la propia prisión la que dejó constancia de los problemas que se le plantean para el traslado al hospital de referencia de los penados, siendo los tratamientos en general externalizados».

Según la médico forense, en caso como éste, más allá de los «cuidados médicos en prisión», es necesario «evitar entre otros el peligro de infecciones en personas con un sistema inmunológico deprimido y que pueden suponer riesgos vitales por la edad y la propia enfermedad», concluyendo que Griñán «se encuentra aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables en los términos que señala el artículo 80.4 del Código Penal, sin perjuicio de las consideraciones que se añaden en el presente informe, que hacen desaconsejable su ingreso en un centro penitenciario».