El expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, en una imagen de archivoEuropa Press

Caso ERE

Palo a Griñán: la Junta de Andalucía se pronunciará sobre su indulto por los ERE

La Audiencia de Sevilla desestima los recursos de súplica del expresidente andaluz y la exconsejera Carmen Martínez Aguayo

La Junta de Andalucía se pronunciará finalmente sobre la petición de indulto de del expresidente andaluz José Antonio Griñán y otros siete ex altos cargos socialistas de la Junta condenados a prisión en el caso ERE. La Audiencia de Sevilla ha desestimado los recursos de súplica que presentaron las defensas del propio Griñán y la exconsejera Carmen Martínez Aguayo contra el pronunciamiento de la Junta.

Estas defensas habían recurrido la providencia del tribunal en la que acordaba dar traslado a la Junta de Andalucía, como «única parte perjudicada» en el caso ERE, para que se pronunciara sobre las peticiones de indultos de ambos ex altos cargos socialistas.

Griñán y Aguayo alegaban que la Junta de Andalucía no es parte en el caso ERE y que sus penas de cárcel no incluyen ni perjuicio ni condena por responsabilidad civil, negando así que la Administración autonómica fuera parte perjudicada en estas actuaciones; por lo que solicitaban a la Audiencia que dejara sin efecto la providencia en cuestión.

Sin embargo, en sendos autos emitidos el pasado 26 de febrero, la Audiencia rechaza estos recursos porque «el artículo 24 de la Ley del Indulto no exige que la parte perjudicada sea parte del expediente» y la providencia dictada «se limita a cumplir la exigencias impuestas en los artículos 23 a 26 de la ley de 18 de junio de 1870, reguladora del ejercicio de la gracia de indulto, así como a dar cumplimiento al oficio remitido por el Ministerio de Justicia de fecha 15 de septiembre de 2023, en el que se solicita el parecer de la perjudicada».

Además, siguiendo el informe de la Fiscalía Anticorrupción, el tribunal recuerda que «la Junta de Andalucía ejerció la acusación particular solicitando el sobreseimiento de las actuaciones y posteriormente, al no ser estimada su petición, se reservó las acciones civiles, desconociéndose si ha ejercitado las acciones civiles y cuál ha sido la intervención del penado en dicha reclamación».

Los magistrados concluyen que el recurso debe ser desestimado porque «la providencia se limita a acordar el traslado a la Junta de Andalucía para que alegue lo que estime conveniente respecto de la petición de indulto de los familiares» de Griñán, condenado a seis años y un día de prisión por delitos de prevaricación y malversación en el caso ERE, y de Aguayo, condenada a una pena similar por los mismos delitos.

Todo ello se produce en un marco en el que la Sección Primera de la Audiencia debe pronunciarse ante el Ministerio de Justicia sobre las peticiones de ocho de los nueve exdirigentes socialistas de la Junta de Andalucía que han solicitado ser indultados de sus respectivas penas de cárcel por malversación en el caso ERE.