El empresario José Julián Romero junto al funcionario de Urbanismo Manuel LorenteImagen de archivo de la UDEF sobre la Operación Nazarí

Granada

Piden casi cuatro años de prisión para el empresario de las tramas urbanísticas más polémicas de Granada

La Fiscalía solicita también una pena de dos años y tres meses de prisión para la hija del empresario, por cooperar en el delito contra la Hacienda Pública

el constructor y empresario más fuerte del urbanismo local de Granada en los años 90, José Julián Romero, se enfrenta a una condena de tres años y nueve meses de cárcel y a una multa de 3.800.000 euros por un delito contra la Hacienda Pública. El ministerio público solicita también una pena de dos años y tres meses de prisión y una multa de 3.800.000 euros para la hija del empresario, por cooperar con su padre. Los acusados por supuestas tramas urbanísticas serán juzgados en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada los próximos días 5 y 6 de noviembre.

La Fiscalía de este caso solicita que tres empresas vinculadas al empresario (B. A. SA, J. J. R. C. SL y Y. S. SL), como responsables civiles, deberán indemnizar a la Hacienda Pública Estatal la cantidad total de 1.321.395,91 euros, de forma directa, conjunta y solidaria.

Investigado en la ‘Operación Nazarí’

Los hechos juzgados contra el ex propietario del Club Baloncesto Granada, se remontan al primer trimestre del años 2012, cuando una de las empresas que Romero administraba, formalizó una operación de dación en pago para cancelar una hipoteca por la que transmitía dos fincas ubicadas en la provincia de Málaga. Esta operación, valorada en 6.936.384.69 euros devengó un IVA de 1.248.549,24 euros, que la entidad mercantil debía ingresar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

José Julián decidió eludir el pago del IVA, con la colaboración de su hija, por entonces administradora única de la empresa Y. S. SL. Para ello Romero realizó, el mismo día en el que se hizo efectivo el importe del cheque para el pago del IVA, una serie de transferencia a favor de entidades mercantiles plenamente controladas por él, lo que provocó que quedara en situación de «insolvencia real para el pago de la deuda tributaria». Esta acción es la que, según las Fiscalía, hizo que se consumara «el propósito inicial de los acusados».

El fiscal considera que la hija de Romero conocía la deuda que tenía su padre con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que contribuyó conscientemente a vaciar la sociedad que él administraba, al recibir la empresa de la que era administradora única ,una de las transferencia antes señaladas.