Málaga
Estas son las nuevas normas para acceder a una VPO en Málaga
El todavía anteproyecto, presentado por el Ayuntamiento en el Portal de Participación Ciudadana, estára abierto a sugerencias y alegaciones hasta el próximo 17 de julio
La situación de la vivienda en la capital malagueña sigue en boca de todos. Tras las protestas del pasado fin de semana y la reciente noticia que informaba sobre los primeros pisos turísticos que han perdido su licencia, ahora le toca el turno a las Viviendas de Protección Oficial (VPO), altamente demandadas por los malagueños debido a su escasez.
A través del Instituto Municipal de la Vivienda, este mismo miércoles se ha iniciado el trámite para modificar la Ordenanza reguladora del funcionamiento del Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Málaga, normativa que no se actualiza desde hace diez años y que aparece publicada en el Portal de Participación Ciudadana del Consistorio malagueño.
Estas nuevas normas no son las definitivas, sino que se presentan como un borrador en trámite, abierto hasta el próximo 17 de julio, y sujeto a sugerencias y alegaciones antes de su aprobación definitiva. El anteproyecto no recoge excesivas modificaciones puesto que es la Junta de Andalucía la que tiene potestad para elaborar la ley en la que se enmarca este sistema de entrega de viviendas de protección. A pesar de ello, el Ayuntamiento de Málaga ha querido adaptarse a la realidad de los demandantes de este tipo de viviendas y ha propuesto varias modificaciones que cambiarían algunos requisitos que, hasta hoy, eran imprescindibles.
La más destacable de todas ellas hace referencia a los criterios de selección. Si bien antes era necesario estar empadronado en la ciudad de Málaga con, al menos, un año de antigüedad para solicitar la vivienda, la nueva ordenanza contempla que «el demandante deberá estar empadronado en el municipio de Málaga al menos con un año de antigüedad, o en su defecto, acreditar un año de empadronamiento en los últimos tres años anteriores al sorteo». De esta manera, desde el Consistorio se muestran comprensivos con las diversas realidades de los ciudadanos, valorando que muchos, o por circunstancias laborales o económicas, se han visto obligados a marcharse a vivir a otros municipios.
Otro cambio, de menor relevancia, afecta a los ingresos económicos que figuren en los datos de inscripción. A partir de la aprobación de la normativa, ya no será necesario actualizarlos anualmente, sino que habrá únicamente dos momentos de revisión de dichos datos: a petición del interesado, porque hayan cambiado sus circunstancias familiares, laborales o económicas; o en caso de que sea seleccionado en un sorteo, comprobándose entonces las condiciones sociales, patrimoniales y de ingresos del solicitante.
Cambian, también, las opciones de dormitorios para las viviendas de alquiler con el objetivo de ofrecer mayores alternativas. De esta manera, las viviendas de un dormitorio serán asignadas a unidades familiares compuestas por uno o dos miembros; las de dos dormitorios, a las de de uno a tres miembros; y las de tres dormitorios, a las de dos o más miembros. Además, se prevé que las viviendas de cuatro dormitorios con una superficie inferior a 90 metros cuadrados se alquilen a familias de tres o más miembros; y las de cuatro dormitorios con una superficie superior a 90 metros cuadrados, se asignen a familias de cinco o más miembros, o en las que exista una persona en situación de dependencia.
Dos modificaciones menores más: el Ayuntamiento ya no notificará personalmente a los elegidos, sino que se publicarán las actas del sorteo en la web del Instituto Municipal de la Vivienda y en el tablón de edictos municipal y, para evitar duplicidades, cuando un interesado presente una solicitud duplicada con otra solicitud o inscripción, se entenderá ésta como una actualización de la primera presentada, pasando a ser considerada como solicitud de modificación.