Málaga
Absuelto el ‘Príncipe de Marbella’ por falsificar su título, pero el notario que se lo firmó es condenado
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera que efectivamente el falso príncipe inventó una historia, pero que «contó con la ingenua y negligente colaboración del notario»
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucia (TSJA) ha sentenciado que el conocido como ‘Príncipe de Marbella’, Antonio Pleguezuelos, no falsificó su título nobiliario, sino que lo hizo el notario que firmó el acta ante lo cual este último ha sido condenado por firmar el acta que acreditaba que ostentaba el título.
Así, el tribunal autonómico ha condenado al notario por un delito de falsedad en documento público causado por imprudencia grave a la pena de ocho meses de multa a razón de quince euros diarios, mientras que el falso príncipe ha sido absuelto, según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE.
Los dos procesados ya fueron condenados en primera instancia por la Audiencia Provincial de Málaga en marzo de 2013 pero recurrieron y ahora el TSJA ha desestimado el recurso del notario y estima el del falso príncipe que lo absuelve de ser cooperador necesario del delito de falsedad.
En los hechos probados se señala que el acusado, en su condición de notario con residencia en Marbella (Málaga), emitió a instancia del segundo un acta sobre un título que no se correspondía con la realidad, al no ostentar título nobiliario alguno.
Colaboración del notario
Además, el notario condenado, aceptó el requerimiento que le hizo el falso príncipe y procedió a publicar en el BOE un edicto donde recogía el contenido del acta de notoriedad a fin de que los interesados pudieran comparecer en la notaría para oponerse o alegar lo que estimaran oportuno en defensa de sus derechos, en relación con el referido título principesco.
El Tribunal considera que el falso príncipe inventó una historia pero que «contó con la ingenua y negligente colaboración del notario» y que, aunque su conducta podría calificarse como inducción, no es posible debido a que ello exigiría que hubiera ejercido un influjo psíquico sobre el notario, que a su vez hubiera hecho nacer en éste la voluntad de cometer el delito de falsedad, lo que ni figura en los hechos probados ni se acreditó en el plenario.