Las etiquetas no serán necesarias gracias a las cámaras con reconocimiento de matrículaEuropa Press

Málaga

Entra en vigor la regulación de la Zona de Bajas Emisiones de Málaga: estas son las calles controladas

El nuevo texto cuenta con 51 artículos y deroga la actual ordenanza de Movilidad, imperante desde 2021

El sábado, 30 de noviembre, tal y como ha sido anunciado por el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), entra en vigor la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible de la ciudad de Málaga, la cual define la regulación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), las de prioridad peatonal, el estacionamiento del SARE, las ocupaciones de la vía, las zonas de parada y estacionamiento, la distribución urbana de mercancías y las medidas de seguridad de los vehículos de movilidad personal (VMP).

Este reglamento viene a simplificar la burocracia de la movilidad malagueña, tal y como ha asegurado el Ayuntamiento en un comunicado, y sus 51 artículos (frente a los 127 de la normativa anterior) derogarán la actual ordenanza de Movilidad, que estaba en vigor desde 2021, y la ordenanza reguladora de las Medidas para Moderar la Velocidad de 2006.

Las principales modificaciones que establece el nuevo texto, además de la incorporación de la normativa de circulación por la Zona de Bajas Emisiones, son dos: el cambio de límite general de velocidad en vías urbanas (30 kilómetros hora en el 80 % de las calles de la ciudad) y la obligatoriedad de implementación de la ZBE derivada de la Ley 7/2021, de 2 de mayo, de cambio climático.

Según la recién estrenada ordenanza, la Zona de Bajas Emisiones de la Ciudad de Málaga comprende un espacio de 437 hectáreas de circulación limitada, denominado como «envolvente», el cual será controlado en función de la clasificación medioambiental de los vehículos y mediante sistemas de gestión de la circulación y sistemas inteligentes de reconocimiento de matrícula, sin necesidad de que los vehículos porten la clásica pegatina expedida por la DGT.

Las calles que comprenden esta nueva zona son: Paseo Marítimo Antonio Machado, avenida Ingeniero José María Garnica, calle Explanada de la Estación, Plaza de la Solidaridad, avenida de las Américas, avenida de la Aurora, Jardines de Picasso, avenida de Andalucía, calle Compositor Lehmberg Ruiz, calle Hilera, calle Santa Elena, calle Honduras, calle Arango, calle Martínez Maldonado, avenida de Barcelona, Plaza del Hospital Civil, avenida Doctor Gálvez Ginachero, calle Mazarredo, avenida del Arroyo de los Ángeles, Paseo de Martiricos, calle Huerto de los Claveles, calle Marqués de Cádiz, calle Juan del Encina, calle Empecinado, Plaza Capuchinos, Alameda de Capuchinos, Plaza Olletas, calle Toquero, calle Obispo González García, calle Amargura, calle Ferrándiz, Paseo Salvador Rueda, calle Rafael Pérez Estrada y Paseo Marítimo Pablo Ruiz Picasso.

Vehículos que sí; vehículos que no

Los artículos que regulan la tipología de vehículos que pueden o no pueden circular estarán en vigor a la espera de que el Gobierno de España someta a la aprobación del Parlamento la nueva Ley prevista sobre Movilidad Sostenible. Así, durante el primer año podrán circular los vehículos acreditados por la DGT con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO' o 'C'; con etiqueta ambiental 'B'; y los que carezcan de etiqueta ambiental.

Durante el segundo año, podrán circular los acreditados por la DGT con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO' o 'C'; con etiqueta ambiental 'B'; y sin etiqueta, domiciliados en Málaga. Desde el tercer año en adelante, serán aptos los acreditados por la DGT con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO' o 'C'; con etiqueta ambiental 'B', domiciliados en Málaga; y sin etiqueta, domiciliados en Málaga.

En cuanto al resto de vehículos, podrán circular con acceso libre el transporte colectivo regular de viajeros; taxi y VTC; los que tengan la consideración de vehículos históricos; y los camiones. En el caso de las furgonetas, podrán circular libremente durante los cuatro primeros años las furgonetas 'CERO', 'ECO', 'C', 'B' y sin etiqueta ambiental. A partir del quinto año podrán circular las furgonetas con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO', 'C', 'B' domiciliadas en Málaga y sin etiqueta domiciliadas en Málaga.

Asimismo, tendrán acceso libre previa comunicación y comprobación automatizada los de asistencia sanitaria, tanto pública como privada; los vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; los servicios municipales; y servicios privados de especial necesidad (seguridad privada, desatoros, funerarias, transporte de fondos y similares).

Todos aquellos vehículos que no cumplan con la normativa se considerará que han incurrido en una infracción grave, lo que conllevará una sanción económica de 200 euros.

Por otro lado, la ley establece varias disposiciones en relación con los vehículos de movilidad personal, entre las que destacan la obligatoriedad del casco para su conducción como elemento de seguridad y la obligatoriedad de llevar el certificado de circulación previsto en la normativa nacional.