La Audiencia de Sevilla ve indicio de delito de Alvise tras publicar una imagen privada de la hija de Sánchez
El órgano provincial ordena al juez abrir una investigación por una posible revelación de secretos al publicar en su canal de Telegram una fotografía de la afectada
La Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado al juzgado de instrucción número 1 de la capital hispalense, que inicialmente archivó el caso, a la apertura de una investigación por un posible delito de revelación de secretos por parte de Alvise Pérez tras publicar una foto privada de la hija de Pedro Sánchez.
Dicho auto se dirige al juez que había archivado el caso y le solicita abrir una instrucción al entender que hay indicios de delito. El pasado 16 de noviembre, Alvise publicó en su canal de Telegram una foto que extrajo sin permiso de la cuenta privada de Instagram de la afectada para criticar lo siguiente: «Estudia en un centro privado en Inglaterra, y la traen un par de veces al mes en un vuelo privado. Socialistas pero van a centros extranjeros de 40.000 euros al año, viajes de avión incluidos mientras a nosotros nos los quieren prohibir. La hija no tiene la culpa de la hipocresía de su padre el tirano, pero es prueba de ello, y España debe saberlo».
El problema es que en esa denuncia se veía la cara de la hija de Pedro Sánchez, así que al poco rato, el propio Alvise la cambió pero esta vez con el rostro tapado por un emoticono. Tarde, porque la imagen original ya había comenzado a viralizarse, provocando «comentarios de sus seguidores de carácter sexual y vejatorio».
La hija de Sánchez presentó una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, que abrió un expediente. La Fiscalía consideró que podía haberse constituido un delito contra la intimidad y acoso sexual leve. Sin embargo, el juzgado, atendiendo a la «casi inmediata rectificación» de Alvise, archivó el caso el 27 de mayo.
Revelación de secretos
Según avanza El País, la Audiencia provincial, en su auto del 9 de septiembre, dice que la foto puede considerarse que tiene una naturaleza reservada «de carácter personal» y que va unida a la información de su nombre y su filiación. Por ello, puede haberse incurrido en un delito de revelación de secretos, encuadrado en el artículo 197 del Código Penal.
Además, la Audiencia lamenta que al ser publicada en el canal de Telegram del denunciado «aunque lo fuera por tres minutos», este fue tiempo suficiente «para poder ser vista por miles de personas», por lo que entiende que el juez debe iniciar una investigación «para poder aclarar cómo fue que» el denunciado «dispuso de dicha foto, que le permitió luego su difusión».