Un agente de la Policía Nacional frente al ordenadorEuropa Press

Sevilla

Pillan a un hombre con 30.000 archivos de pornografía infantil en el ordenador y lo condenan a hacer un curso

El tribunal acuerda suspender su pena de tres años de cárcel siempre que no vuelva a delinquir durante ese periodo

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un hombre por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil en su modalidad de notoria importancia, tras serle intervenidos, en un ordenador y diferentes dispositivos de almacenamiento, más de 30.000 archivos relacionados con la pedofilia.

En una sentencia emitida el pasado 2 de octubre, la Sección Cuarta de la Audiencia declara probado, tras un acuerdo de conformidad, que al menos entre el 30 de julio y el 28 de agosto de 2019 este varón, identificado como José A. C. L., con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, «procedió a descargar y compartir archivos con contenido sexualmente explícito de menores de edad a través del equipo» informático de su domicilio, «utilizando para ello el programa eMule».

Previa autorización judicial, según la sentencia, el 15 de enero de 2020 fue acometido un registro en el domicilio del inculpado, siendo decomisados un ordenador de sobremesa, un portátil y diferentes dispositivos de almacenamiento digital, en los cuales los agentes hallaron más de 30.000 archivos «relacionados con la pedofilia, unos activos y otros borrados pero recuperables», con imágenes de «menores de edad protagonizando desnudos o escenas sexuales explícitas».

Descarga de archivos

La sentencia declara probado que de dichos archivos, «al menos 213 estaban siendo compartidos con otros usuarios, especificando que entre los más de 30.000 citados archivos relacionados con la pedofilia, 364 ficheros fueron localizados en un disco duro interno «en la papelera de reciclaje con terminología pedófila, 26 en la carpeta que se usa para guardar los archivos usados recientemente, así como la aplicación de compartición de ficheros P2P eMule, que refleja 83 ficheros descargándose en la aplicación con terminología pedófila, de los cuales 23 habían sido compartidos, y cadenas de búsqueda con terminología pedofila».

En otro disco duro, según detalla la sentencia, fueron hallados «27.695 archivos en la papelera de reciclaje que poseen nombres con terminología pedófila y un vídeo con contenido pedófilo»; mientras que en el ordenador de sobremesa fueron localizados «672 ficheros descargándose en la aplicación con terminología pedófila, de los cuales 68 habían sido compartidos».

«También se hallaron almacenados en el dispositivo 1.088 archivos con contenido pedófilo, así como 1.297 archivos de imagen y vídeo eliminados, que poseen nombres con terminología pedofila», según la sentencia, que concreta todo el ingente material pedófilo descubierto a este varón, que ha reconocido los hechos.

Adicción al alcohol

La sentencia también declara probado que, en el periodo juzgado, «el acusado padecía de adicción a las bebidas alcohólicas de larga duración que mermaba sus facultades intelectivas» y que la causa judicial ha sufrido de paralizaciones durante la instrucción por motivos no imputables al acusado.

Dado el caso, y de conformidad entre las partes del proceso judicial, la Sección Cuarta de la Audiencia condena al acusado a tres años de cárcel por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil en su modalidad de notoria importancia, con las atenuantes de dilaciones indebidas y de alcoholismo, así como a cinco años de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores de edad.

No obstante, el tribunal ha acordado suspender su pena de cárcel siempre que no vuelva a delinquir durante un periodo de tres años y que «no recaiga en su dolencia por tiempo de tres años, a cuyo efecto deberá someterse a informe semestral emitido por el centro que le está tratando, a que participe en curso formativo en materia de libertad sexual y a la prohibición de acceder a redes de intercambio de archivos o P2P».