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El jurista Manuel Aragón, durante la entrevista a El DebateValentina Yusty

Casa Real  Manuel Aragón: «La Monarquía no puede funcionar si no hay una lealtad permanente del Gobierno hacia el Rey»

  • «El Rey no es un mero adorno, y que sea neutral no significa que esté neutralizado»

  • «Cuando algunos poderes políticos se inhiben, el Rey está ahí, como en la dana de Valencia»

El jurista Manuel Aragón es uno de los españoles que más saben sobre la articulación jurídica de la Monarquía y que mejor conocen al Rey, de quien fue su profesor de Derecho cuando era Príncipe. Este magistrado emérito del Tribunal Constitucional y académico de Jurisprudencia y Legislación cree que «una Monarquía Parlamentaria -eso sí, parlamentaria tal como nuestro Rey la concibe y la practica- es una buena solución para España».

Aragón considera que «en un momento realmente preocupante, en el que muchas instituciones del Estado se han deteriorado, tanto el Parlamento como el Gobierno y otras instituciones, la Corona es la única que de verdad continúa firme, bien asentada y cumpliendo exactamente sus funciones». Y destaca que «cuando algunos poderes políticos se inhiben, el Rey está ahí: por ejemplo, su visita a la zona de Valencia cuando la dana fue extraordinaria. El pundonor, la valentía y la conciencia de que tenía que estar allí animó a todos los españoles».

Este jurista ha intervenido esta semana en el ciclo organizado por el Instituto de España para analizar el décimo aniversario del reinado de Felipe VI y con ese motivo El Debate le ha entrevistado.

—Usted dice que el Rey debe ser neutral, pero que eso no significa estar neutralizado.

—El Rey tiene que ser neutral porque el Rey no ejerce poder político. En una democracia, solamente pueden ejercer el poder político aquellos que directa o indirectamente son producto de las elecciones, de la voluntad popular. El Rey es neutral de las contiendas políticas y así debe ser. Y, por eso, es obligación de los políticos no ponerlo en ninguna tesitura en la que tenga que resolver problemas políticos que les corresponde a ellos, y no al Rey. Pero eso no significa que sea un adorno, como alguno ha dicho. Eso no significa que siendo neutral esté absolutamente neutralizado, que no pueda hacer nada.

¿Qué puede hacer el Rey?

—Puede hacer muchas cosas. Tanto que hay una frase célebre que se decía desde hace mucho tiempo en Inglaterra: que el Rey hace más de lo que parece hacer, con su influencia, su consejo y su capacidad de arbitrar y moderar el funcionamiento regular de las instituciones. Tanto en situaciones ordinarias como extraordinarias, en las que la Constitución corriera un grave riesgo, el Rey sí tiene capacidad de influir usándola con moderación y cuando sea necesario. El Rey no es un mero adorno. El Rey no tiene competencias de libre ejercicio, pero sí obligaciones constitucionales que debe cumplir.

El magistrado emérito del Tribunal Constitucional Manuel Aragón

El magistrado emérito del Tribunal Constitucional Manuel AragónValentina Yusty

¿Cree que en España hay mucho desconocimiento sobre la Monarquía, que no se ha hecho suficiente pedagogía?

—Efectivamente, no se ha hecho suficiente pedagogía, y eso que personalmente el Rey la está haciendo constantemente. Pero no se ha hecho suficiente pedagogía cultural en la educación, en las escuelas, etcétera, sobre lo que significa la Monarquía Parlamentaria, como tampoco se está haciendo suficiente pedagogía sobre lo que la Constitución significa. Porque una democracia, y si es una Monarquía Parlamentaria con mayor motivo, necesita constantes cuidados; es un sistema frágil, porque no está asegurado por la fuerza, sino por el consentimiento.

Por ejemplo, con la ley de Amnistía mucha gente estaba convencida de que el Rey podía haberse negado a sancionarla.

—No, no puede negarse. A veces, los que se tienen por amigos de la Monarquía son sus peores enemigos, porque le piden al Rey lo que el Rey no puede dar. El Rey está obligado a firmar lo que aprueben los órganos constitucionales de acuerdo con el procedimiento establecido. Ante una ley aprobada regularmente siguiendo el procedimiento establecido por las Cortes Generales, el Rey no puede negar su firma. Eso es obvio.

—Si el Rey se negara ¿qué ocurriría?

—Que si actúa políticamente, si niega la firma, adquiere responsabilidad política. Y un Monarca que adquiera responsabilidad política abre el camino para que la Monarquía desaparezca. Eso es una cuestión muy delicada. Puede darse un supuesto, pongamos, anómalo, en que, sin haber pasado por los procedimientos adecuados, en contra de las más elementales reglas que la Constitución impone, un día se presentara a la firma del Rey algo absolutamente no ya disparatado sino gravísimo, porque viniera a destruir completamente la nación, en ese momento el Rey claro que actuará, sin duda alguna. Pero esos son supuestos absolutamente extraordinarios, extremos. Cuando son procedimientos regulares -aunque haya una parte de la población, yo entre ellos, que creo que es inconstitucional la ley de Amnistía-, el Rey no puede hacer de Tribunal Constitucional. No, la ley ha sido aprobada por la mayoría suficiente de las Cortes Generales, y eso tiene que quedar claro.

Manuel Aragón, académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en el Instituto de España

Manuel Aragón, académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en el Instituto de EspañaValentina Yusty

—La inviolabilidad del Rey ¿es un privilegio?

—No, es un componente necesario de la Monarquía. Sin inviolabilidad, la Monarquía no puede existir. Prueba de ello es que en todas las Monarquías Parlamentarias existe la inviolabilidad personal del Rey, que significa que el Rey no puede ser sometido a juicio por los tribunales. Y eso es muy necesario, porque si no fuera así, el Rey podría estar constantemente en situaciones de extrema inestabilidad. Ahora, esa característica tiene una carga que el Rey tiene que cumplir: si el Rey no se comporta con ejemplaridad, debe de abdicar. La abdicación, aunque es un acto personal del Monarca, es un acto políticamente debido si, efectivamente, ha perdido su ejemplaridad.

—¿La inviolabilidad es para los actos públicos y privados?

—La inviolabilidad, que está reconocida en nuestra Constitución de modo personal («La persona del Rey es inviolable»), cubre tanto sus actos públicos como privados. Si se quiere eliminar la inviolabilidad para los actos privados del Monarca, se desnaturaliza por completo la Monarquía y se corre el riesgo de que desaparezca, más en una situación como hoy, donde la pena de banquillo, la llegada a los juzgados… puede romper con la imagen de cualquier persona. Ahora, el Rey, sabiendo eso, tiene que comportarse pública y privadamente con ejemplaridad. Eso es una regla política, no jurídica, pero que se tiene que observar.

— ¿Hasta qué punto el Gobierno puede prohibir al Rey hacer algo? ¿Tiene límites la figura del refrendo?

—La Monarquía Parlamentaria no es un sistema simple; es muy complejo porque no se basa solo en reglas de Derecho, sino en unas reglas políticas que vienen a ser una paradoja: sin la firma del Rey se paraliza todo el Estado, y el Rey, no obstante, tiene que firmar. Esa paradoja es la esencia de la Monarquía Parlamentaria porque no puede funcionar bien sin lealtad de las instituciones al Monarca, y tampoco sin lealtad del Monarca a las instituciones, que la tienen, afortunadamente. Pero la otra lealtad es absolutamente imprescindible, absolutamente imprescindible; tienen que dejarle juego a la función regia.

—¿Y todos los actos del Rey deben ser refrendados?

—Evidentemente, en determinados actos el Rey debe contar no ya solamente con el refrendo escrito sino de presencia también; no con el visto bueno, sino con el conocimiento y apoyo del gobierno, en política exterior y en muchas otras cosas. Pero eso es una cosa y otra que al Rey se le prohíba hacer algo a lo que tiene derecho a hacer. Eso es un equilibrio delicado, pero que así es. Por ejemplo, no es de recibo en una Monarquía Parlamentaria que en los viajes internacionales del Rey, de proyección de nuestra política exterior, de asistencia a actos de toma de posesión de jefes de Estado de otros países, no lo acompañe el ministro de jornada, un ministro que da refrendo de presencia a lo que el Rey diga. Se está haciendo ya algunas veces. Eso no es admisible en una Monarquía Parlamentaria.

»Como tampoco puede ser admisible que al Rey, que es un ciudadano español y tiene los derechos de los ciudadanos españoles, como es moverse dentro del territorio, se le prohibiera ir a alguna parte del territorio nacional. Eso hay que concordarlo, que ajustarlo, es un sistema de equilibrios muy sutil, pero que no puede ni basarse en la libertad absoluta de uno ni en la capacidad de impedir absoluta del otro.

—¿El Rey necesita cierta libertad para reinar?

—Evidente. Estaría bueno que se le hubiera prohibido ir a Valencia…

Pero si se le prohibió ir a Barcelona a entregar los diplomas a los jueces.

—Ese caso, como constitucionalista y como persona que cree que para España una Monarquía Parlamentaria es lo mejor, me hirió profundamente. El Rey se encontró entonces en una tesitura difícil. ¿Se rebela? Y es que la Monarquía Parlamentaria no puede funcionar si no hay una lealtad permanente del Gobierno y las instituciones hacia el Rey. Si no hay un diálogo permanente, si no hay despachos habituales permanentes con el presidente del Gobierno, etcétera, etcétera.

—¿Tiene derechos el Rey?

—Aparte de las funciones constitucionales previstas, sin que esté en la Constitución el Rey tiene tres derechos clásicos de toda Monarquía Parlamentaria: el derecho de advertir, el derecho de animar y el derecho de ser consultado de los asuntos públicos. Así es como puede funcionar y debe funcionar la Monarquía Parlamentaria. Eso significa prudencia por parte del Rey, que la tiene por fortuna, y lealtad por parte de los demás.

—Algo difícil en estos momentos.

—Bueno, es que estamos en unos momentos tan difíciles que creo que una de las pocas instituciones que sí está funcionando de manera fiel a lo que la Constitución dice es nuestra Corona, sin duda alguna.

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