El presidente de la Generalitat de Catalunya, Pere Aragonès, durante una rueda de prensa, este viernesDavid Zorrakino / Europa Press

Cataluña

La JEC abre expediente sancionador a Aragonès por presentar mejoras viarias en plena campaña electoral

Este organismo considera que se quebrantó el principio de neutralidad que recoge la Loreg

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionar al presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, por haber llevado a cabo un acto que considera que tiene «connotaciones electoralistas». Se trata de la presentación de las mejoras del corredor de la N-II y de la C-32, un acto que tuvo lugar el pasado 13 de julio en el Masnou, por lo tanto, en plena campaña electoral. Este organismo considera que Aragonès quebrantó el principio de neutralidad que recoge el artículo 50 de la Loreg, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

De esta forma, la JEC estima parcialmente la denuncia que presentó el PSC contra ese acto, al que también participó la consejera de Territorio, Ester Capella, y en el que se dio a conocer el proyecto tras la transferencia de 384 millones de euros por parte del Gobierno. Sin embargo, no hay expediente para Capella, porque según este organismo, no todas las manifestaciones denunciadas por el PSC constituyan una infracción.

En cualquier caso, la Junta Electoral considera que durante ese acto hubo «alusiones elogiosas a realizaciones y logros resultantes de la gestión desarrollada» por la Generalitat. Además, se utilizó el emblema ‘Generalitat de Catalunya”, junto al eslogan ‘Siempre adelante”. Y para la JEC, «todo ello constituye aparentemente una vulneración de la prohibición de realizar actos de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos».

También insta al presidente de la Generalitat a retirar de la web institucional «las manifestaciones presuntamente valorativas» de la nota de prensa que redactaron y, también a Capella, a no repetir las mismas infracciones en futuros actos institucionales.

Aragonès, reincidente

La JEC también recuerda que Pere Aragonès es reincidente y que fue requerido en dos ocasiones anteriores, concretamente el 19 de abril y el 28 de mayo, para que «extremase su diligencia con el fin de evitar vulnerar el deber de neutralidad» en los actos institucionales. Este acuerdo es firme en vía administrativa, pero puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.