Yolanda Díaz y Carles Puigdemont en el Parlamento EuropeoEFE

Cataluña

Sociedad Civil Catalana denuncia ante el Supremo a Yolanda Díaz por su reunión con Puigdemont

La entidad considera que la vicepresidenta en funciones ha negociado asuntos de Estado con un prófugo de la justicia

Sociedad Civil Catalana (SCC) ha interpuesto una denuncia ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Yolanda Díaz, por «faltar a la obligación de su cargo y dejar intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables». Todo ello, después de la reunión que mantuvo en Bruselas a principios de semana con el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, huido de la justicia española desde 2017.

Y no sólo eso. La entidad también considera que «la vicepresidenta Yolanda Díaz, cargo del que no puede desprenderse a voluntad y alegar que únicamente interviene a título de líder de Sumar, trató asuntos de estado con un prófugo de la Justicia, negociando las condiciones para la investidura de Pedro Sánchez».

En representación del Gobierno

Para SCC resulta una «obviedad» que Díaz se reunió con Puigdemont para «encauzar la investidura del presidente del Gobierno» y a negociar con él «unas exigencias que atentan contra los intereses de España y del propio Estado de derecho». La entidad considera que la vicepresidenta acudió en representación del Gobierno.

Una prueba, dice, y así consta en la denuncia es que «de ser cierto que desde el Ejecutivo nada se conocía de este encuentro antes de la noche anterior, la reacción lógica ante estos graves hechos habría sido la de cesar a Yolanda Díaz de sus cargos y no la celebración de sus más que dudosos logros». Y es que para la entidad Díaz «ha legitimado a un prófugo de la Justicia que ha utilizado todos los medios a su alcance para desprestigiar la imagen internacional de España».

«Algo inaudito»

Por todo ello, SCC ha procedido penalmente contra la vicepresidenta del Gobierno en funciones, en base al artículo 408 del Código Penal, que recoge que la autoridad o funcionario que deje «intencionadamente de promover la persecución de los delitos» incurrirá en una pena de inhabilitación de seis a dos años. La entidad dice que si bien es cierto que hasta ahora el tipo penal recogido en este artículo se ha aplicado a funcionarios o autoridades cuya obligación directa era perseguir delitos, «la conducta omisiva de la Sra. Díaz también tiene un perfecto encaje en este tipo penal».

Una conducta, que asegura SCC, “atenta frontalmente contra el interés general de todos los españoles, atenta contra la legislación vigente y contra las resoluciones judiciales existentes«. Además, considera que “una vicepresidenta se reúna con alguien reclamado por la justicia es algo inaudito y supone una evidente deslegitimación de las instituciones del Estado».