Cataluña
La Fiscalía acusa a los líderes independentistas de desvíar 3 millones de fondos para el 1-O
El fiscal considera «acreditada la responsabilidad contable» de los principales responsables del 'procés'
La Fiscalía ha acusado a los líderes del 'procés' ante el Tribunal de Cuentas del desvío de más de 3 millones de euros en fondos públicos para los preparativos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y su promoción en el exterior.
Las cantidades reclamadas por la Fiscalía en su escrito de conclusiones, hecho público este martes, son 883.695,29 euros por los gastos de referéndum y 2.209.503,8 euros por la acción exterior durante el 'procés'.
El pasado 4 de abril el Tribunal de Cuentas dio inicio a la fase de conclusiones de la causa abierta contra 35 ex altos cargos catalanes, entre ellos el expresidente Carles Puigdemont, por el desvío de fondos públicos para el 'procés'.
Ahora el fiscal en su escrito considera «acreditada la responsabilidad contable» de los principales responsables del 'procés': Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros catalanes que lo propiciaron el procés, tanto condenados como fugados.
En cuanto a la petición que hizo Junqueras de que se suspendiera el procedimiento por la ley de amnistía, la Fiscalía señala que la transformación de una proposición de ley «en una norma que extinguirá la responsabilidad contable que aquí se dilucida es un hecho futuro y no exactamente incierto, pero tampoco dotado de una certeza plena, al desconocer la fecha de entrada en vigor de la ley y su exacto contenido y alcance».
Implicación de Puigdemont
Sobre la implicación de Puigdemont, el fiscal refiere que aunque no interviniera «en las siguientes fases de la tramitación presupuestaria, le resulta atribuible la presunta responsabilidad contable derivada de ser la autoridad que aprobó la totalidad de los gastos inherentes a la consulta».
En el caso de Junqueras, prosigue el escrito, «se le atribuye responsabilidad contable por la totalidad de los gastos, atendiendo al especial protagonismo» de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña.
Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, precisa, «son responsables del total de lo malversado, como así expresa el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo, que les condena por un delito de malversación agravada por la deslealtad que representa haber puesto la estructura de sus respectivos departamentos al servicio de una estrategia incontrolada de gasto público al servicio del referéndum ilegal».
El fiscal incluye también a los consejeros que no fueron juzgados por encontrarse «en situación de rebeldía»: Antoni Comin y Lluis Puig, de los que dice que pusieron sus departamentos «al servicio de actos nucleares de ejecución por cuanto la sentencia del TS cita expresamente sus departamentos entre aquellos que comprometieron el gasto: Salud (Sr. Comín) y Cultura (Sr.Puig Gordí)».
«Los pagos relacionados en la demanda se han realizado sin la adecuada justificación, al no responder a la consecución de objetivos y fines legales y legítimos, sino a la organización del referéndum de autodeterminación que tendría lugar el 1 de octubre de 2017», expone el fiscal.
En el caso de las delegaciones, abunda el escrito, «se imputan tanto los gastos con ocasión de la votación convocada para el 9 de noviembre de 2014 y del referéndum del 1 de octubre de 2017, como los supuestos de falta de documentación justificativa, los pagos injustificados y pagos indebidos al personal de las delegaciones».
Acción exterior y Diplocat
En relación a la acción exterior y Diplocat «se incluyen gastos por actividades de promoción del proceso soberanista y de análisis y prospectiva, como gastos de personal, contratos sin justificación adecuada y subvenciones concedidas indebidamente».
«En el empleo dado a los fondos públicos en el ámbito de la acción exterior de la Generalitat de Cataluña se incurrió en múltiples actividades que no tienen cabida en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma al no haber respetado la Generalitat las normas a cuyo amparo se desarrollan las actividades realizadas en el ejercicio de esa competencia autonómica», expone el fiscal.
Por ello, agrega, «las actividades desarrolladas para la promoción del proceso de independencia o soberanía no tienen encaje en las competencias autonómicas de acción exterior».