Varias personas durante la concentración para recibir al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, en agostoEuropa Press

Tribunales

La justicia catalana rechaza las querellas contra Rull y el exconseller de Interior por la fuga de Puigdemont

El TSJC considera que no hay elementos para atribuir los delitos al presidente del Parlament ni a Elena

La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado las tres querellas presentadas por Hazte Oír y Vox contra excargos del Govern y la excúpula de los Mossos d'Esquadra por no haber detenido al expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, durante su fugaz regreso a Barcelona y posterior fuga el 8 de agosto, según ha informado el TSJC en un comunicado este jueves.

Tras recibir los correspondientes informes de la Fiscalía sobre la admisión de estas querellas, el TSJC recuerda que «sólo tiene competencia para examinar la relación de hechos supuestamente delictivos relatados contra personas con la condición de aforado», en este caso, el presidente del Parlament, Josep Rull, y el entonces conseller de Interior, Joan Ignasi Elena.

Sin entrar a valorar los hechos que se atribuyen a los querellados no aforados, el TSJC ha acordado no admitir las querellas contra Rull y Elena «en cuanto que no existe ningún elemento que permita relacionar a ninguno de los aforados con los delitos» que les imputan Vox y Hazte Oír.