Comparsa Osadía, durante el Carnaval de TorreviejaImagen de archivo

Alicante

El TSJCV desmiente que se haya reabierto la causa por las niñas con lencería en el Carnaval de Torrevieja

La reapertura judicial había sido anunciada por Abogados Cristianos, fundación que ha pedido «sus más sinceras disculpas» al haber confundido las diligencias con un caso de robo

La Fundación Española de Abogados Cristianos ha explicado este lunes que el pasado jueves se confundió de procedimiento y dio por reabiertas unas diligencias en relación con un desfile de niñas en el Carnaval de la ciudad alicantina de Torrevieja cuando, en realidad, la causa a la que hacía referencia en el auto difundido obedecía a un robo en la capilla de un hospital de la misma localidad en el que están personados.

Se trata de dos casos que corresponden, además, a juzgados distintos. El comunicado de la entidad llega después de que este mismo lunes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) haya desmentido la reapertura de diligencias por parte del Juzgado de Instrucción número dos de Torrevieja en relación a los disfraces infantiles en el carnaval de la localidad alicantina.

El alto tribunal valenciano ha afirmado en un comunicado que este juzgado, el dos, «no tiene actualmente ninguna causa relativa a esos hechos ni ha citado por tanto a denunciantes, investigados ni a testigos a declarar». Fuentes del TSJCV han confirmado a Europa Press que dicho auto corresponde a un delito de robo con fuerza, que «no tiene ninguna relación» con el carnaval de Torrevieja.

El TSJCV ha señalado que la denuncia de Abogados Cristianos sobre el desfile torrevejense recayó en el Juzgado de Instrucción número 1, cuyo titular decretó el archivo de las diligencias en un auto fechado el pasado 1 de marzo, al entender que no había quedado debidamente justificada la perpetración de los delitos denunciados.

En este sentido, el TSJCV ha recalcado que «cualquier decisión que esté relacionada con los mismos hechos denunciados, como una hipotética reapertura de la causa, solo puede ser adoptada por el Juzgado de Instrucción número uno de Torrevieja, como órgano judicial con competencia sobre el asunto» o bien por la Audiencia Provincial.

Procedimientos de la misma localidad

Desde la Fundación Española de Abogados Cristianos se envió el jueves un comunicado donde se informaba a los medios de que la justicia había reabierto «el caso por las niñas vestidas en ropa interior en un desfile del Carnaval de Torrevieja» y adjuntaba un auto.

Este lunes ha señalado que se trató «de un error por la confusión entre dos procedimientos abiertos en la misma localidad» y el auto judicial difundido «no es relativo al carnaval, sino a una denuncia interpuesta el año pasado por la profanación de la capilla» de un hospital de Torrevieja, en el que las personas citadas a declarar a finales de mayo son «los denunciantes, investigados y testigos de este ataque».

En lo relativo al desfile de carnaval, desde la Fundación Española de Abogados Cristianos señalan que recurrieron el archivo a la Audiencia Provincial y están pendientes de su pronunciamiento. La entidad expresa sus «más sinceras disculpas» por el «error» y apunta que «uno de los valores fundamentales» de la organización «es el compromiso con la verdad, comunicando nuestras acciones desde la máxima transparencia».