Fachada del edificio incendiado en el barrio de Campanar, en ValenciaEuropa Press / Rober Solsona

La Audiencia de Valencia reabre la causa del incendio de Campanar para agotar las vías de investigación

La Sala contradice al juez instructor y le emplaza a llevar a cabo «todas las diligencias que sean necesarias» para «esclarecimiento de los hechos»

La Audiencia de Valencia ha ordenado al juzgado reabrir la causa en la que se instruye la investigación sobre el incendio en el barrio de Campanar que el pasado 22 de febrero causó la muerte a diez personas y cuyas llamas arrasaron todo un edificio.

En su escrito, la Sección Cuarta estima los recursos de varios los afectados por el fuego, que alegaron en contra de la decisión que tomó el Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia y por la cual se establecía el sobreseimiento provisional de las actuaciones al respecto, algo que fue ratificado el 2 de abril.

Diligencias a realizar

Frente a ello, a los vecinos que recurrieron a través de diversas asociaciones se unió la Fiscalía para pedir al juez que no diera carpetazo al sumario tan solo por descartar el origen criminal del incendio y que continuara con más indagaciones. Estas argumentaciones han sido aceptadas por la Audiencia Provincial en un auto contra el que no cabe recurso.

En concreto, la Sala cree que las averiguaciones han de proseguir porque, en su opinión, el magistrado instructor no ha agotado todas las vías de investigación. Como ejemplo, los jueces señalan que se debe indagar en ámbitos como si el edificio calcinado «contaba con las oportunas licencias, si los materiales usados para la construcción contribuyeron a la propagación del fuego, cumpliendo o no la normativa exigida en ese momento, así como los administradores de la empresa constructora, mantenimiento, y otros datos de interés para el esclarecimiento de los hechos».

Edificio incendiado en ValenciaEFE / Manuel Bruque

Igualmente, el escrito apunta que la propia práctica de diligencias es la finalidad de la fase de instrucción de un caso «sin perjuicio de la decisión que se adopte una vez realizadas correctamente la instrucción de la causa».

En concusión, la Audiencia subraya que «no resulta asumible» que se cierre dicho proceso en un momento como el actual hasta que se practiquen «todas las diligencias que sean necesarias para determinar y aclarar todas las circunstancias que envolvieron el siniestro y si hubo alguna omisión o acción por parte de personas, que por infringir de alguna forma- hubieran podido evitar el siniestro o contribuir a la causación de siniestro previsible y que provocó la defunción de diez personas y abundantes daños».