Una mesa electoral este 23-JEFE

Elecciones Galicia 2024

¿Cuándo sabré si formo parte de una mesa electoral en las elecciones de Galicia?

Los miembros de las mesas para las elecciones autonómicas de Galicia serán elegidos en menos de un mes

Las elecciones autonómicas de Galicia están cada vez más cerca. Desde que se anunció el 26 de diciembre el decreto de Alfonso Rueda, el presidente de la Xunta, en el que se convocaban las elecciones para el 18 de febrero, el interés por los comicios se ha disparado.

El plazo para votar por correo abrió el mismo día que se publicó el decreto y estará abierto hasta el 8 de febrero. Los residentes en otros países podrán ejercer el voto entre el 24 de enero y el 13 de febrero en los consulados de España.

Todos esto se ha estado organizando desde que se anunciaron las elecciones, y se seguirán organizando y planeando gestiones para garantizar una jornada de votación exitosa. En este momento, el principal trámite que se está haciendo es designar los miembros de las mesas electorales, regulado en la ley orgánica del régimen electoral, específicamente en el artículo 27.

Los elegidos para ser mesa electoral serán seleccionados a través de un sorteo público, como habitualmente se hace, entre los días 20 y 24 de enero. Las personas designadas lo sabrán entre el 21 y 27 de enero y serán notificados en persona.

Entre los días 21 de enero y 3 de febrero, los seleccionados podrán presentar justificaciones que los excusen de ser mesa electoral. Estas justificaciones deberán presentarse en un plazo máximo de siete días después de la notificación y deberá hacerse frente a la Junta Electoral de Zona. Las juntas estudiarán el caso y las alegaciones y darán una resolución. Los resultados pueden ser dos, admitirlas, lo que significaría que se estaría exento de ser mesa, o negarlas y reiterando la obligación de acudir a mesa, entre el día 22 de enero y 8 de febrero.

En el caso de que después de estas fechas la persona elegida para ser mesa se encuentre en imposibilidad de asumir el cargo, deberá notificarlo a la junta de la zona al menos 72 horas antes. En el caso extremo de que la imposibilidad surja a menos de 72 horas, se debe avisar a la junta de manera inmediata y, en cualquier caso, antes de la hora de constitución de la mesa. En estos casos, la junta avisará al suplente de turno, y si no se puede contactar con él, se nombrará a otra persona.