Elecciones Galicia 2024
Voto por correo: Correos comienza a enviar la documentación para las elecciones de Galicia 2024
Se puede votar por correo a partir del 29 de enero
Cada vez falta menos para que se celebren las elecciones gallegas el próximo 18 de febrero y a partir de este lunes se puede ejercer el derecho al voto por correo.
Este lunes 29 de enero, Correos empezó a enviar toda la documentación necesaria para votar a aquellos que hayan solicitado el voto por correo. Las personas que deseen votar por correo tendrán hasta el 8 de febrero, siendo este el día límite para solicitar el certificado de inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Galicia. Una vez solicitado, Correos se encargará de entregar las solicitudes a las Delegaciones Provinciales del Censo, y son estas los que enviarán todo lo necesario para poder votar por correo.
Obtener el certificado es imprescindible para ejercer el voto por correspondencia. El certificado se puede obtener de distintas maneras, una de ellas es de forma telemática a través de la página web de Correos. Para ello, deberás acreditar tu identidad a través de un DNI electrónico (DNI-e) o un certificado digital válido. También es imprescindible tener instalado el programa de AutoFirma en el ordenador.
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Para aquellos que prefieran ir presencialmente, también podrán ejercer su derecho al voto por esta vía pidiendo una cita previa en la aplicación de Correos. A través de la aplicación o la página web de Correos puedes pedir una cita previa para tramitar la solicitud. Si no deseas hacer una cita previa, también puedes acudir a cualquier oficina de Correos España entre las 8.30 y las 20.30 horas, y deberás llevar identificación, ya sea DNI, pasaporte o carné de conducir originales.
Una vez el trámite esté realizado, será necesario esperar a que envíen la documentación electoral. Esta está conformada por un sobre con las papeletas de cada formación política, el certificado de inscripción en el censo y por último, otro sobre con la información de la mesa donde la persona debe ir a votar.
Esta documentación para votar por correo llegará como correo certificado a la dirección que el ciudadano haya indicado en su solicitud. La documentación se entrega en mano al elector. Por ello, a la hora de recibirla, es indispensable que este muestre documentación que corrobore su identidad.
En el caso de que una persona no se encuentre en la dirección indicada, deberá acudir a una oficina de Correos y tendrá que acreditarse ahí y recibirá sus sobres y papeletas.
Una vez se tenga la documentación, la persona deberá depositar la papeleta. El elector tendrá hasta el 15 de febrero para depositar su voto.