
Fachada de la Audiencia Provincial de La Coruña
Dos años y medio de cárcel para una mujer que estafó 71.900 € a un coruñés prometiéndole matrimonio
El engaño comenzó cuando la víctima publicó un anuncio en la sección de contactos de un periódico digital en el que expresaba su deseo de encontrar una pareja estable
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Coruña que condena a dos años y medio de prisión a una mujer que estafó 71.900 euros a un vecino coruñés de 66 años, aprovechándose de su vulnerabilidad y haciéndole creer que mantenían una relación sentimental con intención de casarse.
Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal han ratificado íntegramente los hechos probados y la pena impuesta en primera instancia.
Un anuncio en busca de pareja
Según recoge la sentencia, el engaño comenzó en septiembre de 2017, cuando la víctima, una persona con discapacidad que se desplaza en silla de ruedas, publicó un anuncio en la sección de contactos de un periódico digital en el que expresaba su deseo de encontrar una pareja estable. En el mensaje se describía como «una persona cariñosa, honrada y sensible».
Un día después del anuncio, la acusada, una mujer de 44 años vecina de Leganés (Madrid), contactó con él asegurando estar interesada en una relación y dispuesta a trasladarse a La Coruña para convivir y casarse. No obstante, su verdadera intención, según confirma el tribunal, era obtener el mayor beneficio económico posible mediante el engaño continuado.La condenada logró convencer al hombre de que sufría diversas desgracias personales, entre ellas enfermedades graves tanto propias como de familiares, con el fin de obtener transferencias de dinero. En total, se apropió de 71.900 euros, procedentes de los ahorros de la víctima y de préstamos que este contrajo a lo largo de la falsa relación.
El TSXG considera que la conducta de la acusada se basó en un «engaño directo y premeditado», que aprovechó el estado emocional y físico de la víctima. Los jueces destacan que, si la mujer no hubiera fingido la intención de convertirse en su pareja, no habría recibido ninguna cantidad de dinero.
Asimismo, la Sala descarta que se haya vulnerado la presunción de inocencia de la acusada, subrayando que los hechos están suficientemente acreditados. Contra esta resolución cabe aún recurso de casación ante el Tribunal Supremo.