Niños recibiendo su Primera Comunión.Freepik

La Primera Comunión es uno de los grandes conflictos en los divorcios contenciosos

El alto número de consultas recibidas por el Obispado de Córdoba en esta cuestión le ha llevado a elaborar un documento con normas para administrar los sacramentos a menores

Hace unos días este periódico recogía una noticia sobre la elaboración, por parte del Obispado de Córdoba, de unas orientaciones pastorales dirigidas a ayudar en aquellos casos relativos a la admisión a los Sacramentos de la Iniciación Cristiana de menores de edad cuando se dan discrepancias de criterio entre los progenitores.

Las múltiples consultas recibidas por la diócesis cordobesa impulsaba la redacción de un documento que trata de conjugar las normas del Derecho Canónico y del Derecho Civil español sobre un tema complejo y muchas veces doloroso en el que se tienen en cuenta cuestiones como la patria potestad de los padres, su obligación de educar a los hijos en la fe, si están casados por la Iglesia, e incluso el criterio del menor de edad.

Una tendencia al alza

«Es algo demasiado habitual lo de encontrarnos con situaciones en las que los niños se convierten en armas arrojadizas de los enfrentamientos que muchas veces se dan entre padres divorciados» afirma el párroco y juez del Tribunal Eclesiástico de Córdoba Tomás Pajuelo. En este sentido señala que «algo bueno como es un sacramento no puede convertirse en lo contrario, en objeto de disputa».

Se da también la circunstancia de que la existencia de menores con progenitores separados es cada vez más frecuente, «en mis 30 años de cura, al principio, que viniese un niño a catequesis y que los padres estuviesen divorciados era algo inusual, ahora es al revés, rara es la familia que no presenta un problema de este tipo». Tanto la legislación Canónica como la Civil indican que, en caso de desacuerdo, será el juez de familia quien dirima la situación. A este respecto manifiesta el sacerdote que «es muy triste que sea un juez quien tenga que decidir sobre un niño, una niña, porque sus padres son incapaces de ponerse de acuerdo sobre algo tan esencial como es su hijo».

Imagen de archivo de un cáliz.LVC

En el documento elaborado por el Obispado se hace hincapié «en el compromiso que asumieron los padres con el bautismo del menor para educarlo cristianamente, por lo que en estos casos de controversia ante la Primera Comunión, por ejemplo, estarían faltando a esa promesa» manifiesta Pajuelo quien concluye que su mayor deseo es que los adultos «sean sensatos de una vez« y que ese mismo respeto que piden ante la separación, lo tengan con sus hijos y que, en ningún caso, esa consecuencia sea pagada con ellos, »ya bastante duro es para los menores ver cómo se separan sus padres, como para que encima sean usados como armas arrojadizas de esas discrepancias entre los padres».

Conflictos sacramentales

Desde el despacho EQ Abogados & Consultores, el abogado y socio del bufete, Rafael Moya, señala que en los procedimientos de divorcio, en gran medida cuando se trata de divorcios contenciosos, uno de los principales conflictos se centra en el sacramento de la primera comunión, «cuando nos encontramos con matrimonios con hijos menores de 9 años, que han comenzado ya la asistencia a catequesis un día entre semana y a misa los fines de semana. Si uno de los progenitores no es creyente y es contrario a que su hijo reciba el sacramento de su primera comunión, no colaborará en la asistencia a la catequesis ni a las misas los fines de semana, necesarios para su formación católica y para que entienda el sacramento que en uno o dos años recibirá por primera vez».

Enfrentamientos más comunes

Respecto a cuáles son los conflictos más comunes y cómo se suelen resolver, explica el abogado que es «harto frecuente», la conflictividad relacionada con el sacramento de la Primera Comunión y con la celebración del mismo, sobre todo en aquellos procedimientos de divorcio contenciosos, con hijos menores de 9 años, en los que hay una falta de entendimiento entre los progenitores en cada aspecto relacionado con las cuestiones más trascendentales de sus hijos.

Una niña con vestido de Primera Comunión con su madre.LVC

Centrados en este sacramento, los conflictos más habituales están ligados a la fecha de la celebración de la ceremonia, si ese fin de semana concreto corresponde según el régimen de visitas o el sistema de guarda y custodia establecido en sentencia, a uno u otro progenitor, y si no se hubiese regulado con detalle en el convenio regulador o en la sentencia ya que «aunque la asistencia a la ceremonia del sacramento no puede impedirse al progenitor al que no corresponda la guarda y custodia del menor ese día, (salvo supuestos en los que haya establecida alguna medida de protección de un progenitor respecto a otro, como pudiera ser una orden de alejamiento), sí que son innumerables los conflictos relacionados con esto como la elección de traje o vestido, el lugar de celebración, quién abona y quién no, si se celebra conjuntamente con las dos familias de los progenitores o no».

En este sentido, hay supuestos en los que incluso ocurre que el progenitor al que no le ha correspondido el fin de semana que coincide con la ceremonia de la primera comunión, le realiza otra celebración a su hijo a la semana siguiente con su familia, incluso contratando otro fotógrafo para que realice las fotos con el traje o vestido que ya se puso la semana anterior en la ceremonia eclesiástica.

Cómo evitar estos conflictos

La solución de todos estos conflictos, la podemos encontrar en un momento inicial en la mediación familiar, continuando por la regulación detallada y concisa de cada cuestión relacionada con la asistencia de los menores a la catequesis y a las misas los fines de semana, del día de la ceremonia de la Primera Comunión y de la celebración de la misma, bien en el convenio regulador de divorcio o en la sentencia, «porque de esa forma se evitan muchos conflictos posteriormente» advierte Rafael Moya.

En última instancia, para todas las cuestiones relacionadas con las discusiones entre los progenitores con este sacramento y la celebración posterior, que no hayan sido previamente reguladas, sólo queda la vía judicial, a través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria para decidir esta cuestión concreta que afecta a la patria potestad, como conjunto de derechos y obligaciones que afectan a los hijos menores y cuya decisión corresponde a los progenitores de forma compartida.

En la resolución judicial del procedimiento de jurisdicción voluntaria, se acordará a quién de los progenitores se atribuye la facultad de decidir sobre todos los aspectos relacionados con el sacramento de la primera comunión del menor así como de la celebración de la misma.