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Estas son las 'excusas' que no valdrán para librarse de estar en una mesa electoral
Estar en un alojamiento vacacional a 250 kilómetros o menos de Córdoba no servirá para evitar la mesa
La Junta Electoral de Zona (JEZ) de Córdoba, en orden a procurar la mayor certidumbre posible a los ciudadanos para que en su caso puedan adaptar sus planes vacacionales y tomar sus decisiones de la mejor manera posible en caso de ser designados para una mesa electoral el domingo 23 de julio por la celebración de las elecciones generales, ha acordado distintas medidas sobre la intepretación sobre el régimen de excusas por motivo de viajes vacacionales.
Según recoge el acuerdo, no se considerará como excusa admisible la estancia el día de las elecciones en un alojamiento vacacional siempre que dicho alojamiento se encuentre a 250 kilómetros o menos de la ciudad de Córdoba, sea cual sea la fecha de contratación de dicho alojamiento.
Igualmente, no se considerará como excusa admisible la estancia el día de las elecciones en una segunda residencia -propia o familiar-, sea cual sea el lugar en el que esta se encuentre.
Y en base al acuerdo de la Junta Eelectoral Central (JEC) del día 8 de junio, única y exclusivamente se van a tomar en consideración excusas relacionadas con la contratación de viajes, siempre y cuando se acredite de forma fehaciente mediante los documentos que se consideren oportunos, que los viajes contratados lo han sido en fecha anterior al 30 de mayo de 2023 o ese mismo día 30 de mayo.
Dificultades objetivas
A la hora de valorar la posibilidad de que prosperen las excusas de este tipo, la Junta Electoral de Zona tendrá en cuenta especialmente las dificultades objetivas que ello pudiera comportar para la integración plena de las mesas de su demarcación, como criterio principal que debe prevalecer en todo caso.
Asimismo, el interesado deberá acreditar documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno grave alegados.