Calle Doble de Cepa, en el Campo de la Verdad

Calle Doble de Cepa, en el Campo de la Verdad

Un juez condena al Ayuntamiento de Córdoba a arrancar dos naranjos

Las raíces han provocado diversos daños en el interior de una vivienda

De entre las sentencias que semanalmente recibe el Ayuntamiento de Córdoba, de las que la mayoría son favorables, acaba de llegar una, en este caso condenatoria, que destaca precisamente por la singularidad de la pena impuesta: arrancar dos naranjos de una determinada calle de la capital.

Ahora que el Consistorio ha decidido que no va a plantar más naranjos en las calles y que, encima, va a reducir el número de los que ya hay, un fallo judicial va a colaborar modestamente en este cometido ordenando la supresión de dos de ellos. Aunque el juez no admite la totalidad de las pretensiones de la parte demandante sí es claro a la hora de ordenar que esos dos naranjos tiene que desaparecer.

Este caso ha llegado al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Córdoba después de que el Ayuntamiento no atendiera la reclamación presentada por el propietario de una vivienda en la calle Doble de Cepa, en el Campo de la Verdad, debido a los daños que los naranjos estaban provocando en un inmueble de su propiedad.

En concreto, el demandante reclamaba al Consistorio la cantidad de 26.414 euros por los perjuicios ocasionados, aunque esta pretensión no se ha satisfecho del todo.

Los daños

El paquete de reclamaciones era amplio. Se responsabilizaba a los árboles de la acera no sólo del levantamiento de la solería de la vivienda, sino también de haber afectado la arqueta de central de la vivienda, así como de haber generado humedades bajo las ventanas y las puertas, y grietas en paredes y techos. En la sentencia se descarta la mayoría de estas afecciones tanto por la falta de pruebas periciales como por otras causas, como la antigüedad de la vivienda, fechada en 1950.

También se recoge en el fallo judicial que esta vivienda se levantó «conforme a las soluciones constructivas de la época» y así la solería está colocada con mortero de agarre sobre la tierra, por lo que son visibles las raíces desde el interior de la casa. «Absolutamente nada más aísla la vivienda de la tierra vegetal del suelo», y por esto «no hay zahorra, mallazo, hormigonado y menos aún una cámara sanitaria», añade el juez.

Por este motivo, ya que «la responsabilidad no puede ser exclusiva de la Administración pues contribuye al aumento del daño la escasa calidad de la construcción», en la sentencia se establece una compensación de culpas, que estima en un 60 por ciento responsable a la Administración y en el 40 por ciento restante a la parte recurrente. Así se alcanza la cantidad de 6.978 euros con los que el Ayuntamiento tiene que indemnizar al propietario de la vivienda.

Así, la sentencia, contra la que no cabe recurso, señala directamente a los dos naranjos amargos, que «han crecido en exceso y tienen un tamaño inapropiado para la escasa distancia a la vivienda», a «la retirada de los dos árboles ubicados en el acerado contiguo a la vivienda», así como aquellos gastos adicionales «que puedan surgir como consecuencia de la demora en la retirada de los árboles».

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