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Comunidad de Madrid  Entra en vigor el primer Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Comunidad de Madrid

Su vigencia se extenderá desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 30 de junio de 2024, salvo en la aplicación de aquellas medidas con una fecha programada

El primer Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Administración de la Comunidad de Madrid entrará este viernes en vigor para la aplicación de medidas encaminadas a eliminar la discriminación por razón de sexo y lograr la plena igualdad de oportunidades.

En concreto, el plan salió adelante en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos el pasado 1 de julio con el acuerdo de los sindicatos y este mismo jueves ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Dicho Plan contempla medidas relativas a la igualdad en el desarrollo profesional (acceso al empleo público), conciliación de la vida laboral y familiar, las condiciones retributivas o las situaciones de especial protección, como son la violencia de género, acoso laboral, acoso sexual o acoso por razón de sexo, entre otras.

El Plan de Igualdad será de aplicación en los colectivos que se recogen en los Anexos: personal funcionario y laboral sujeto al Acuerdo y Convenio de Comunidad de Madrid, personal docente, personal del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), personal de Madrid Digital y personal de la Administración de Justicia.

Ocho líneas estratégicas

Este Plan de Igualdad para el personal que presta servicios en la Comunidad de Madrid nace, acorde a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 27 de marzo, como un conjunto ordenado de medidas destinado a alcanzar la plena igualdad de trato y de oportunidades entre las mujeres y hombres integrantes de la misma y eliminar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo.

El Plan se articula en torno a ocho líneas estratégicas de actuación, con sus correspondientes medidas

  • Igualdad para el acceso al empleo público
  • Igualdad en el desarrollo de la carrera profesional
  • Tiempo de trabajo, corresponsabilidad y medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar
  • Formación, lenguaje, información, comunicación y sensibilización en igualdad
  • Situaciones de especial protección (violencia de género, acoso laboral, acoso sexual o acoso por razón de sexo)
  • Seguridad y salud en el trabajo desde la perspectiva de género
  • Condiciones retributivas
  • Seguimiento y desarrollo del plan de igualdad.

Cabe destacar que la evaluación y seguimiento de este Plan de Igualdad se ha estructurado en tres ejes: Evaluación del resultado, Evaluación del proceso y Evaluación del impacto. Para garantizar su cumplimiento se ha creado una Comisión Técnica de Seguimiento.