Tanatorio de la M-40

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Madrid

Quema de cadáveres a menos de 250 metros de casas: la polémica del horno crematorio del tanatorio de la M-40

El Ayuntamiento de la capital ha concedido el correspondiente permiso para la construcción del horno crematorio en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo

Hasta en tres ocasiones, en 2002, en 2015 y en 2021, fue denegada la licencia urbanística a Parcesa Parques de la Paz para construir un horno crematorio en su tanatorio de la M-40. ¿El motivo? Que se encuentra a menos de 250 metros de distancia de viviendas algo que, según la Ordenanza de Protección de Medio Ambiente de Madrid, no está permitido por ser una actividad «potencialmente nociva e insalubre». Sin embargo, una sentencia del Tribunal Supremo dictada hace ahora tres años ha obligado al Consistorio madrileño a otorgar el permiso para levantar esta instalación.

Una decisión que, aunque según esgrimen tanto desde el Gobierno autonómico como desde el Ayuntamiento era obligada en base a esa sentencia judicial, ha levantado la polémica entre los vecinos, a los que se ha sumado también la oposición al Gobierno de José Luis Martínez-Almeida.

En concreto, tal y como ha detallado Europa Press, este horno crematorio quemará cadáveres humanos y restos de exhumación con una capacidad máxima de 1.000 cremaciones al año. Estará en funcionamiento 24 horas al día.

Las obras para su construcción durarán un mes y la instalación ocupará 187,65 metros cuadrados, que incluyen obras de acondicionamiento en azotea destinada a la instalación del recinto de filtros, incluyendo la ejecución perimetral del recinto mediante apantallamiento acústico e instalación exterior de chimenea para la evacuación de gases producto de la combustión.

Una vez concluidas las obras, tal y como indica la documentación, se deberá solicitar la correspondiente licencia de funcionamiento y/o primera ocupación. En esta ocasión, será el Gobierno autonómico el que deberá establecer las condiciones de la autorización al ser el órgano competente al estar catalogada en el Grupo B de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.

Casas cercanas

Los bloques de viviendas de la calle Oligisto, Rutilo, Periana en el barrio de San Fermín, así como unas 3.000 viviendas en la zona de La Perla, un instituto, un colegio, tres parques, dos centros comerciales y un centro de trabajo son los espacios que, según esgrimen los vecinos agrupados en la Asociación de Vecinos San Fermín, se encuentran a menos de 250 metros del futuro horno crematorio.

Ese fue el motivo por el que, precisamente, la licencia fue denegada hasta en tres ocasiones. No obstante, a lo que se ha aferrado la sentencia, tal y como ha explicado recientemente el segundo teniente de alcalde de Madrid, Borja Carabante, es que aunque la ordenanza municipal establezca esas distancias mínimas, eso «no es limitativo, puesto que hay tecnología o pudiera haberla que redujera o permitiera que las emisiones fueran las mismas manteniendo una distancia menor».

En este sentido, cabe recordar que la Comunidad de Madrid ha otorgado la autorización tras examinar las condiciones técnicas que incorpora el proyecto. Por ello, Carabante quiso tranquilizar a los vecinos afectados: «En esa autorización ambiental por parte de la Comunidad de Madrid, en el otorgamiento de licencia, hay unos niveles máximos de emisiones y unas características técnicas que tiene que cumplir el crematorio, y por tanto el Ayuntamiento estará vigilante para que esas condiciones y condiciones perceptivas en otorgamiento de licencia y la autorización ambiental a la Comunidad de Madrid se cumplan».

Un mensaje de tranquilidad al que también se ha sumado en los últimos días el consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, Jorge Rodrigo, que se comprometió, al igual que el Ayuntamiento, a que sendas instituciones van a tratar «por todos los medios» que el horno crematorio afecte «lo menos posible a los vecinos». Con todo, dejó claro que sus pretensiones de que no se haga realidad no son asumibles porque «cumple la normativa, cumple las condiciones y hay una sentencia judicial que hay que ejecutar sin lugar a dudas».

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