La Justicia ordena dictar otra sentencia a dos hermanos que asesinaron a tres familiares en Móstoles
El Tribunal Superior estima parcialmente los recursos presentados contra la sentencia y la anula por carecer de la suficiente motivación
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la sentencia de la Audiencia de Madrid que condenó a 45 y a 22 años y medio de cárcel a dos hermanos acusados de matar a tres familiares tras una persecución en coche en agosto de 2020, y ha ordenado que se dicte una nueva resolución mejor motivada.
La Audiencia de Madrid, de acuerdo con el veredicto de un jurado, condenó a Emilio David J.P. y a Ruiz Manuel J.P. por la muerte de su hermana, de una hija de esta de 9 años y de su cuñado tras una persecución en coche en la que también resultó herida la otra hija de la mujer, de 12 años.
A Emilio David le impuso una pena de 45 años de cárcel como autor de tres homicidios consumados y uno en grado de tentativa y a su hermano una de 22 años y medio de cárcel como cómplice, ya que «cooperó con actos no decisivos» en los hechos, acompañando a su hermano como copiloto.
Ahora, el Tribunal Superior estima parcialmente los recursos presentados contra la sentencia y la anula por carecer de la suficiente motivación y exige que se dicte una nueva.
La sentencia anulada consideró probado que el fin de semana del 21 al 23 de agosto de 2020 las dos hermanas de 12 y 9 años acudieron a la vivienda de su abuela materna en la localidad madrileña de Arroyomolinos, y ya el domingo pidieron por teléfono a sus padres que fueran a buscarlas, según se explicó en el juicio, porque la abuela quiso someter a la mayor a la prueba del pañuelo sin que estuviera su madre.
El padre de las niñas acordó con su hermano, Raúl J.J., que era conductor de VTC, que llevase a su mujer, Pilar J.P., a la casa de su suegra para que pudiera recoger a las niñas. De madrugada, Pilar, Raúl y las dos menores se introdujeron en el coche de este y se marcharon hacia el domicilio de las niñas, situado en el distrito de Vallecas.
Entonces, los dos acusados, hermanos de Pilar y tíos de las niñas, que eran «conocedores del enfrentamiento familiar que había tenido lugar» en la vivienda (Pilar y su madre discutieron, según quedó demostrado en el juicio), se subieron al coche de Emilio David J.P., que condujo, «y, actuando ambos de común acuerdo, salieron en persecución del primer vehículo».
La persecución duró unos ocho minutos y se prolongó 5,3 kilómetros durante los que el coche de los acusados embistió tres veces al de las víctimas, hasta que en «la embestida final» provocó que se saliese de la carretera violentamente y volcase, causando la muerte de Pilar, Raúl y una de las niñas, y dejando herida grave a la otra.
Esto fue, según la sentencia, «fruto de una acción intencionada, con el propósito de sacarlo de la vía e intención de acabar con la vida de los ocupantes del otro vehículo, o al menos representándose y aceptando plenamente la alta probabilidad de que con su acción pudieran causar la muerte de los ocupantes».
El fallo detalla que Raúl conducía el vehículo perseguido a velocidad excesiva, pero no se encontraba bajo la influencia del cansancio, drogas o medicamentos.
Sobre el acusado que conducía el segundo coche, Emilio David, afirma que iba también a velocidad excesiva pero no se puede determinar que condujera de forma temeraria, ni que padeciera alteración psíquica, por trastorno de la personalidad, rasgos antisociales y consumo de hachís, anfetaminas y benzodiacepinas, como defendía su letrada.