Un paciente en una máquina de resonancia magnéticaManuel Castells

El Tribunal de Contratación de Madrid anula los pliegos sobre el mantenimiento de equipos electromédicos en los hospitales

La resolución, que anula dichos pliegos, argumenta la necesidad de «competencia justa» y «transparencia» en procesos de contratación pública

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ha fallado en favor de las empresas Quirdent Electromedicina S.L., Instrumentación radiológica S.L., Dimor Project S.L., Ibérica de mantenimiento S.A. y Subcontratación y Servicios de Madrid S.L., quienes habían impugnado los pliegos de condiciones del contrato para el mantenimiento de equipos electromédicos en centros del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).

La resolución, que anula dichos pliegos, argumenta la necesidad de «competencia justa» y «transparencia» en procesos de contratación pública de gran escala, como el que estaba previsto, con un valor total superior a los 26 millones de euros.

La controversia surgió tras la publicación del contrato en el Portal de Contratación Pública el pasado septiembre. Varias empresas del sector consideraron que las condiciones de la licitación eran poco claras y favorecían a grandes contratistas.

En el caso de Subcontratación y Servicios de Madrid S.L., la empresa argumentó que la «división en lotes» –que se divide en cinco– dificultaba el acceso de pequeñas y medianas empresas al proceso de contratación.

El Tribunal respaldó parcialmente este argumento, concluyendo que los lotes no fomentaban la participación de empresas de menor tamaño, incumpliendo con ello el objetivo de «facilitar la libre concurrencia» y la «proporcionalidad» que exige la normativa.

Prueba de resonancia en un hospitalGTRES

Otro punto de debate fue la falta de desglose en el presupuesto de la base de licitación, que debería incluir los costes de personal desglosados «a partir del convenio laboral de referencia», como exige la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

El Tribunal subrayó la relevancia de este detalle, apuntando que el desglose básico del presupuesto no era suficiente y debía completarse para «asegurar la transparencia y la adecuación al mercado».

Asimismo, Ibérica de Mantenimiento S.A. denunció un posible conflicto de intereses en la redacción de los pliegos, «al haber intervenido una empresa consultora vinculada al sector en su elaboración».

El Tribunal investigó el caso y constató que «ninguna de las empresas que representa el mencionado letrado es licitadora en este procedimiento de contratación», lo cual permitió descartar esta alegación por falta de fundamento.

La resolución también menciona que, para justificar el presupuesto y condiciones de licitación, el SERMAS presentó una memoria técnica que justificaba la estructura de los lotes, basándose en criterios de «organización territorial» y en la «complejidad técnica de los servicios requeridos».

Interior del Hospital Niño Jesús de Madrid

No obstante, el Tribunal concluyó que esta justificación era insuficiente y ordenó anular los pliegos por considerar que estos afectaban a los «principios de libre competencia y transparencia que deben regir en la contratación pública».

La decisión, que es definitiva en vía administrativa, permite a las partes presentar un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Esta resolución marca un precedente importante para futuras licitaciones, recordando a los órganos de contratación la obligación de asegurar que los pliegos de condiciones sean accesibles para todo tipo de empresas y reflejen un desglose claro y detallado de los costes para evitar ambigüedades y posibles controversias.