Viviendas Madrid Nuevo Norte

Madrid

El TSJM respalda a Madrid Nuevo Norte al desestimar el recurso de Ecologistas y avala el plan urbanístico

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha validado el proyecto Madrid Nuevo Norte al inadmitir el recurso de casación de Ecologistas en Acción, cerrando así la vía judicial contra esta iniciativa urbanística de 25.000 millones de euros

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha respaldado el proyecto Madrid Nuevo Norte, lo que impide cualquier recurso directo por vía judicial contra el plan urbanístico alrededor de la estación de Chamartín, valorado en 25.000 millones de euros. Según una providencia, los jueces han desestimado el recurso de casación autonómico presentado por Ecologistas en Acción contra la sentencia del tribunal madrileño de febrero de 2023, que había rechazado su apelación sobre la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para este proyecto específico.

Los magistrados argumentan que no se ha demostrado un interés casacional que justifique la admisión del recurso, ya que las citas de diferentes preceptos supuestamente infringidos no están respaldadas por argumentación o fundamentación alguna.

Esta decisión pone fin de manera definitiva a todos los recursos de casación presentados contra las sentencias de febrero de 2023 que desestimaron los recursos contenciosos contra la modificación urbanística en cuestión.

Desde Crea Madrid Nuevo Norte, organización implicada en el proyecto, celebran esta decisión judicial junto con la reciente inadmisión por parte del Tribunal Supremo de los cuatro recursos de casación estatales contra la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Consideran que esto cierra definitivamente cualquier posibilidad de recurso directo por vía judicial contra el planeamiento urbanístico de Madrid Nuevo Norte, reafirmando la solidez legal de esta iniciativa crucial para la capital.

Respecto a las acusaciones de desviación de poder o actuación arbitraria en la aprobación de la modificación, los magistrados afirmaron en febrero de 2023 que no se podía deducir “la existencia de desviación de poder o de actuación arbitraria en la aprobación de la modificación, porque basta con acudir a los antecedentes de planeamiento para advertir las razones de la necesaria y obligada colaboración de las administraciones en la ejecución y desarrollo del nuevo ámbito urbanístico.'"

Los demandantes, entre ellos Ecologistas en Acción, la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), Muñoyerro Desarrollos Urbanos y Propiedades Chamartín S.A., habían solicitado la anulación de los acuerdos de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 adoptados por la Comunidad de Madrid. Alegaban que esta medida encubría una revisión del planeamiento urbano de la ciudad, infringiendo el principio del procedimiento.

También pedían la nulidad absoluta del acuerdo, argumentando que había sido resultado de un pacto previo entre Adif/DCN y el Ayuntamiento de Madrid, una acción prohibida según el artículo 25 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (LSCM).