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Un aeropuerto español

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Estos son los casos en los que puedes pedir una indemnización a la aerolínea

¿Te han retrasado o cancelado un vuelo? ¿Han perdido tu equipaje? Los casos en los que puedes reclamar a la aerolínea

El verano es una de las épocas en la que más viajamos en avión. Es lo que se conoce como temporada alta, uno de los momentos más importantes para las aerolíneas de todo el mundo. Sin embargo, por muy preparadas que estén, debido al volumen de trabajo que existe, también son más comunes los retrasos, las cancelaciones, las denegaciones de embarque por overbooking o las pérdidas de equipaje de los viajeros.

Según Reclamio, esta temporada está teniendo más vuelos, más viajeros y más huelgas que nunca, lo que ha hecho que el número de incidencias aumente.

Por todo ello, es muy importante conocer nuestros derechos como pasajeros y saber qué debemos hacer ante una situación como las descritas anteriormente.

Retrasos y cancelaciones

El Reglamento 261/2004 es el que regula a nivel europeo el derecho a compensación de los pasajeros y, según el mismo, una incidencia en sí, como un retraso, no da derecho al pasajero a recibir indemnización.

Para que el pasajero pueda tener derecho a recibir una indemnización de entre 250 y 600 euros, es necesario llegar al destino con más de tres horas de retraso. Si la aerolínea retrasa tu vuelo pero llegas antes de estas tres horas de retraso, no tienes derecho a compensación. Lo mismo ocurre si te cancelan el vuelo y te reubican en otro que llega con menos de tres horas de retraso con respecto a la hora a la que tenía que aterrizar el vuelo original.

¿Y de qué depende la indemnización?

La cuantía que se recibirá en caso de tener derecho a indemnización dependerá de la distancia entre el origen y el destino. Así, en vuelos de menos de 1.500 kilómetros la cuantía es de 250 euros, si el trayecto es de entre 1.500 y 3.000 kilómetros esta será de 400, y si es de más de 3.000 kilómetros, de 600 euros.

Overbooking

Según explican desde la página web Reclamador, el overbooking es una práctica comercial totalmente legal. Por tanto, si te deniegan el acceso a un vuelo por overbooking no tienes derecho a recibir una compensación.

No obstante la aerolínea tiene la obligación de, o bien indemnizar a los pasajeros afectados, o reubicarlos en otro vuelo que llegue con menos de tres horas de retraso respecto de la hora a la que debería haber llegado a su destino.

Las excepciones

Sin embargo, en ocasiones, las aerolíneas pueden demostrar que el retraso de más de tres horas se ha debido a una causa extraordinaria, por lo que no tendría que indemnizar a los pasajeros afectados.

Se considera que estamos ante una causa extraordinaria cuando hay inestabilidad política en el país de destino o de origen del vuelo, condiciones meteorológicas adversas, o riesgos y deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo.

Por otro lado, si la aerolínea avisa con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida la cancelación del vuelo o si se informa con más de una semana y se les ofrece un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar al destino final con menos de cuatro horas de retraso, no estará obligada a indemnizar a los afectados.

Además, la compañía puede reducir estas compensaciones en un 50 % en el caso de ofrecer un trasporte alternativo al pasajero con una diferencia horaria no superior a dos horas para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos, que no superen las tres horas en los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, o que no sea superior de cuatro horas para vuelos de más distancia.

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