Ayuda de 100 euros para madres trabajadoras: requisitos, cómo solicitarla y novedades
Esta ayuda contempla una fórmula para recibir de forma anticipada la cuantía a la que se tiene derecho en un solo pago anual
En la actualidad, cualquier ayuda en esta situación socioeconómica para las familias españolas es muy importante, especialmente si el número de integrantes de la unidad familiar aumenta. La nueva ley de familias, aprobada el pasado 28 de marzo por el Gobierno de España, lleva consigo una actualización de diferentes ayudas entre las que se encuentra la de 100 euros mensuales para las madres trabajadoras, en forma de deducción en la declaración de la Renta.
El tramo de edad de los bebés que da derecho a esta ayuda es el mismo que existía antes, de 0 a 3 años desde su mes de nacimiento y hasta el anterior a su tercer cumpleaños. Las mujeres que pueden solicitar esta ayuda pueden estar percibiendo alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo. Con esta nueva ley, se calcula un incremento de 250.000 madres en el grupo de las que tienen derecho a percibir esta ayuda.
La excepción que regula el derecho a obtener esta ayuda es que alguno de los progenitores reciba, en relación al menor, el complemento de ayuda para la infancia previsto en la ley que establece el Ingreso Mínimo Vital, salvo que haya tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023.
Las novedades de esta ayuda
En este sentido, se puede aplicar esta deducción a ambos progenitores si son del mismo sexo, ya sean dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes. También pueden percibir la ayuda el padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
Esta ayuda también se recibe por hijos adoptados y menores en acogimiento, permanente, preadoptivo o de delegación de guarda para la convivencia preadoptiva. La Agencia Tributaria ha recordado que si se está obligado a declarar, la deducción puede aplicarse en la declaración del IRPF del ejercicio en el que has percibido el abono indebido. Además, esta ayuda contempla una fórmula para recibir anticipadamente la cuantía a la que se tiene derecho en un solo pago anual.
Cómo y dónde solicitarla
La forma más común de solicitarla es a través de la web de la AEAT, introduciendo el DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve y rellenando modelo 140. Existe la posibilidad de pedir por teléfono el número gratuito 901 200 347, aportando los datos de identificación pertinentes y demostrando la afiliación a la Seguridad Social o mutua correspondiente.