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Un sacerdote imparte la comunión a los fieles en MisaCathopic

Declaración de la Renta 2023 - 2024

¿Hay que declarar los regalos recibidos en una comunión?

Estos se califican como donaciones, las cuales están reguladas por la ley

Durante Navidad o en temporada de bautizos, bodas, o primeras comuniones es común que se hagan y se reciban regalos. Estos pueden ser un objeto físico o dinero. Sin embargo, con las celebraciones, los familiares y amigos y las emociones del momento, se nos olvida que estos pueden tener implicaciones fiscales.

Aunque pensemos que un regalo no es gran cosa o que es uno más del montón, la realidad es que están regulados bajo la normativa tributaria. Es importante conocer esta normativa para evitar problemas con Hacienda por regalos de comunión, boda y más.

Según la normativa, los regalos que sean dinero tributan como una donación y están regulados bajo la Ley 28/1987. Esta considera que los regalos recibidos en estas celebraciones no tienen la consideración de incrementos de patrimonio sujetos a una tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, esto no quiere decir que estén exentos de declararse o informarse a Hacienda.

Sanciones

Estos regalos, si exceden una cantidad, pueden recibir sanciones de acuerdo con la ley que establece que son «adquisiciones de bienes y derechos por donación cualquier otro negocio jurídico a título gratuito entre intervivos». De no declararse, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones y multas. La cifra de estas dependerá de la gravedad de la violación y del monto del importe que no se declaró.

Para evitar estos problemas, y ahorrarse un mal rato, se recomienda llevar un registro detallado de todos los regalos que se reciben, sobre todo aquellos que sean cantidades altas de dinero. En caso de que existan dudas, lo mejor es acudir a un asesor fiscal.

¿Cuál es el límite que pone Hacienda?

Como se mencionó Hacienda considera regalar dinero una donación. Por esto, los regalos de dinero están sujetos a al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, de acuerdo con la Ley 29/1987. Esta ley dice que todas las cantidades deben ser declaradas. Sin embargo, Hacienda se enfocará más en todas aquellas que sean transacciones mayores a 3.000 euros o aquellas que involucren billetes de 500 euros.

Asimismo, el límite que se pone para las transferencias de regalos entre familiares ya amigos es de 6.000 euros. En el caso de que este monto sea superado, los bancos están obligados a informar a Hacienda, así lo establece la Ley de Blanqueo de Capitales.