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El primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y el presidente del Gobierno, Pedro SánchezPaula Andrade

Israel

Parecidos entre el asalto a la justicia de Netanyahu que incendia Israel y la reforma de Sánchez

El primer ministro de Israel se defiende de las críticas de quienes ven en la modificación legal un retroceso en la calidad democrática del país

Ni el Gobierno más de derechas de la historia de Israel ha podido evitar convertirse en el blanco de un aluvión de críticas por la polémica reforma con la que aspira a ejercer un mayor control sobre el Poder Judicial en el país. Una decisión que, durante las últimas diez semanas, ha llevado a los israelíes a tomar las calles para manifestarse contra el retroceso democrático que supondrá la nueva norma del Ejecutivo de Benjamin Netanyahu –planteada por su controvertido ministro de Justicia, Itamar Ben-Gvir– que, sin embargo, el primer ministro israelí justifica en la necesidad de frenar los excesos de una magistratura «extralimitada y politizada».

Por su parte, los detractores de la modificación legal en curso auguran que, de salir adelante, se verán socavadas las instituciones del país –que no cuenta con una Constitución como tal, sino con un catálogo de Leyes Básicas de las que emana el ordenamiento actual– y, denuncia que supondrá una reducción de las protecciones otorgadas a individuos y minorías, profundizando las ya de por sí complejas divisiones de una sociedad fuertemente fracturada.

Un asalto, en toda regla, a la separación de poderes que, en algunos aspectos, se toca con los planes de Pedro Sánchez para la judicatura en España, aunque con una diferencia primordial: mientras que en el Estado judío son los sectores ultraortodoxos los que buscan dinamitar la independencia de los jueces, en España es un Ejecutivo que se jacta de ser el «más progresista» de los últimos años, el responsable de las injerencias. Pero ¿en qué consiste la reforma judicial de Israel y en qué se parece realmente a los planteamientos de Sánchez?.

El Consejo General del Poder Judicial

La reforma judicial del país hebreo cuenta, principalmente, con tres proyectos de ley que integrarán el núcleo de la nueva legislación y que avanzan de manera paralela en la Knéset –Parlamento israelí– habiendo superado ya, y no con poco revuelo, la primera de las tres votaciones necesarias para que su entrada en vigor. El primero de ellos consiste en cambiar la composición del Comité de nueve miembros que selecciona a los jueces.

Según la ley vigente, dicho órgano incluye a tres jueces de la Corte Suprema, dos representantes del Colegio de Abogados, dos ministros del Gobierno y dos miembros del Parlamento, uno de los cuales suele ser de la oposición. Para seleccionar a los jueces de la Corte Suprema, con una mayoría requerida de siete, generalmente se debe llegar a un consenso entre los cinco profesionales del derecho y los cuatro políticos. Por el contrario, la nueva propuesta busca otorgar al Gobierno una mayoría automática en el comité, lo que se traduce en que sería este quien designaría, de facto, a los jueces. Esto es, el Ejecutivo controlando, en esencia, al Judicial.

En nuestro país, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), institución equivalente al Comité israelí, veía limitadas sus competencias a iniciativa del Gobierno de PSOE y Podemos que, en sede parlamentaria, aprobó con sus votos, una iniciativa para impedir su normal función de nombramientos discrecionales de jueces, mientras estuviese prorrogado. Además, los socialistas en el Ejecutivo se niegan, pese a los intentos de la oposición del PP y al clamor mayoritario de la comunidad jurídica a retocar la ley para cambiar el sistema de elección de los vocales del Consejo para que sean los jueces los que elijan a sus propios representantes.

El Tribunal Constitucional

Los otros dos proyectos israelíes están encaminados a reducir las capacidades de la Corte Suprema para derogar las leyes aprobadas por el Parlamento que se consideren inconstitucionales. En este caso, la legislación que plantea el Ejecutivo de Netanyahu permitiría a la Knéset –de 120 escaños– anular tales decisiones judiciales con una mayoría mínima de 61 de ellos y abolir el uso por parte de la Corte Suprema de los motivos de «irrazonabilidad», un término que el tribunal usa para basar las decisiones en estándares éticos poco definidos.

En el mismo sentido, el Tribunal Constitucional español paralizó, a finales de 2022, una iniciativa del Gobierno con la que Pedro Sánchez aspiraba a colar, por la puerta de atrás, una reforma legal, vía enmiendas en un texto que no tenía relación alguna con la materia, para reducir de mayoría cualificada a simple los votos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) necesarios para renovar a los magistrados del propio TC. Una modificación que pretendía hacer extensiva a la mayoría parlamentaria reforzada de tres quintos que se necesita, a su vez, para renovar el Pleno del Consejo y dejarla en un 51 % de apoyos de los diputados en activo.

El objetivo, controlar desde dentro dos de las instituciones de las que, en los próximos meses, dependerá la continuidad de las normas más polémicas de la legislatura de Sánchez, muchas de ellas recurridas por inconstitucionales.

Generalmente, la Corte Suprema de Israel hace uso de la prerrogativa de «irrazonabilidad» para desautorizar decisiones gubernamentales o nombramientos, como en el caso reciente del exministro de Interior israelí y líder del partido ultraortodoxo Shas, Arieh Deri. Y es que, el pasado 22 de enero, el Supremo de Israel, con una mayoría de diez jueces sobre 11, invalidó el nombramiento de Deri, declarado culpable de evasión fiscal en 2021, argumentando que su nombramiento era «extremadamente irrazonable» y que su última condena por fraude lo inhabilitaba para ser parte del Gobierno.

Además, los críticos de Netanyahu apuntan que la rapidez con la que está intentando llevar a cabo la reforma judicial es señal de un interés personal, debido a las acusaciones por de soborno, fraude y abuso de confianza que pesan sobre él, a la espera de sentencia judicial. La reforma, en este caso, permitiría al primer ministro permanecer en el poder, a pesar de ser condenado, ya que sólo se valora la «incapacitación» de un político por motivos físicos o mentales.