
La ITV consta de varias pruebas que certifican el buen estado del coche
Si cambias estas seis cosas de tu coche, tendrás que volver a pasar la ITV
Esta inspección se asegura de que las modificaciones del vehículo se hayan hecho cumpliendo los criterios de homologación
El hecho de tunear los coches es una práctica habitual en algunos países del mundo, como es el caso de Estados Unidos. Sin embargo, los propietarios que realicen modificaciones estéticas o funcionales a los vehículos en nuestro país, tienen la obligación de aprobar una inspección por la reforma realizada, es decir, volver a pasar la ITV.
Antes de realizar cualquier reforma a un vehículo, se debe consultar en el Manual de Reformas de Vehículos si es legal la modificación que se desea hacer, tal y como ha explicado TÜV SÜD, la compañía de soluciones de alta calidad, sostenibilidad y seguridad. También, se podrá consultar al fabricante del coche o al laboratorio técnico.
La ITV sirve para asegurarse de que las modificaciones que se han llevado a cabo en el vehículo se han hecho cumpliendo con los criterios de homologación, quedando registradas en la ficha técnica. Por ello, primero se debe homologar y, posteriormente, legalizar.
Modificaciones más habituales
1. Sustitución de elementos en la carrocería del vehículo. Instalar un paragolpes delantero o un capó, influye en el comportamiento del vehículo, especialmente en los casos de impacto con otros coches. Debido a estos factores, se trata de elementos que deben ser aprobados en una inspección técnica.2. Cambios en la suspensión y la altura del vehículo. Al realizar cambios en esta zona del automóvil, afecten o no a la altura, implica pasar una ITV específica.
3. Instalación de neumáticos no equivalentes. Este tipo de neumáticos son aquellos cuya diferencia de dimensiones exceden la tolerancia del 3%, disponiendo de un índice de carga y velocidad menor al especificado por el fabricante del vehículo.
4. Cambios en la centralita del motor. Llevar a cabo cambios en esta parte electrónica implica modificar las funcionalidades del vehículo, un suceso que puede derivar en cambios en las emisiones contaminantes del coche hacia el entorno y la población, por lo que será necesario tramitar esta modificación.
5. Modificaciones en el alumbrado. Cualquier cambio que no sea sustituir un faro delantero (como recambio) o colocar un grupo óptico lateral o trasero homologado y que se sitúe en el mismo lugar que los originales, se considera una reforma y tendrá que ser aprobado.
6. Añadir un enganche para remolque. En el caso de instalar este elemento, hay que registrarlo en la ITV (se anotará en la ficha técnica). Desinstalarlo no se considera reforma, pero es necesario tramitar una diligencia para actualizar la documentación.
En relación con la documentación y los trámites necesarios para legalizar las modificaciones, dependerán del tipo de cambio que se quiera realizar. En el caso de que las reformas no estén legalizadas, podrá ser motivo de sanción económica, llegando incluso a poder inmovilizar el vehículo. De hecho, en caso de accidente, las aseguradoras pueden negarse a indemnizar los daños ocasionados, incluso si el vehículo se encuentra asegurado a todo riesgo.