Práctico
¿Puedo librarme de una multa si identifico a otro conductor?
Se trata de una vieja táctica habitual hace tiempo que obligó a la DGT a tomar cartas en el asunto
Cuando la DGT manda una multa al propietario de un vehículo es muy habitual que la envíe acompañada de un boletín de identificación del conductor.
De hecho, siempre que la Guardia Civil o la policía municipal denuncian a un conductor que no hayan podido parar, bien porque las condiciones del tráfico así lo aconsejen o bien porque se trate de una multa de un radar fijo o similar, la sanción la recibirá el propietario que aparece en la documentación del vehículo, ya sea empresa o particular.
Multas a domicilio
En este caso el propietario tiene dos opciones, por un lado puede pagar la sanción y asumir la retirada de puntos o puede optar por identificar al conductor responsable de la sanción en caso de que no haya sido él.
Hace tiempo era bastante habitual la falsa identificación de conductores. Entonces la picaresca popular decía que era posible identificar a un ciudadano extranjero de difícil localización, por ejemplo a un ciudadano de Marruecos, país con el que no existe convenio para el intercambio de multas. De esta forma la multa acababa por caducar.
Trucos antiguos
También existía la picaresca de identificarlo por fax, hace ya años de ello, y mover el papel en el momento en que estuviera pasando la identificación, de forma que en la DGT debían repetir el procedimiento de identificación.
También era, y es, habitual identificar a algún familiar con carnet pero que no conduce, por ejemplo a uno de los abuelos. La DGT decidió tomar cartas en el asunto hace ya años, y llevó a juicio a varios conductores en los que pese a que en la foto se veía con toda claridad que conducía un hombre, identificaban a mujeres de avanzada edad.
La DGT llegó a descubrir incluso redes de compra y venta de puntos de conductores que se ofrecían para su identificación en caso de sanciones abultadas, de manera que el titular real no perdía los puntos.
Mafias de puntos
Hay constancia de varias sentencias judiciales que dan la razón a la DGT en el caso de identificaciones de personas que por sexo o constitución no se corresponde con el de la imagen tomada por el radar.
De la misma manera, en caso de identificar a un ciudadano extranjero ilocalizable se abre un proceso mucho más grave por falsedad documental, delito que se suma a la sanción inicial.
También hay que tener en cuenta que el ciudadano perjudicado por la falsa identificación puede denunciar como perjudicado a quien le ha identificado falsamente. En cualquier caso la falsa identificación de un conductor es un delito grave y como tal está tipificado.