Sanciones
Los tribunales desautorizan a la DGT catalana y anulan miles de multas
El Servicio Catalán de Tráfico lleva años aplicando el mismo error en miles de infracciones similares, lo que se traduce en millones de euros cobrados injustamente
Una vez más los tribunales superiores de justicia españoles tienen que salir en defensa de los conductores por sanciones injustas. La pena es que muchas de las sanciones similares no llegan a estas instancias y los conductores, aunque hayan sido injustamente sancionados, optan por abonar la sanción aprovechándose del descuento por pronto pago, en lugar de iniciar los trámites judiciales.
Indefensos
Es aquí precisamente donde las asociaciones de defensa de los conductores encuentran su razón de ser, pues ellos son capaces de elevar los recursos a las instancias adecuadas con costes comedidos para los conductores.
En este caso el Servicio Catalán de Tráfico, el equivalente a la DGT en Cataluña, lleva años multando injustamente a miles de conductores por excesos de velocidad. Aunque conviene dejar claro que este servicio no se corresponde con la DGT nacional, que transfirió las competencias a la Generalitat hace años.
Multa incorrecta
Realmente la multa no es injusta, lo injusto es el baremo económico aplicado a la hora de establecer la sanción, en este caso no respeta los márgenes de error establecidos por el instituto nacional de metrología. Este margen se estableció hace ya años por el error que puede tener en la calibración tanto el radar como el propio marcador del coche.
Así, el Servicio Catalán de Tráfico no demuestra en las sanciones descontar esa margen, de este forma si te multan a 100 kilómetros/hora en la sanción debe especificar que realmente el importe de la sanción se calcula a 95 kilómetros/hora.
Es el caso concreto de una multa recurrida por Automovilistas Europeos Asociados en la que se denunciaba a una conductora por circular a 151 kilómetros/hora, cuando debería haber sido sancionada a 143 al aplicar el margen de error.
De 300 a sólo 100 euros
Se trata de una diferencia de bulto que convierte una multa de 300 euros y dos puntos en una sanción de 100 euros sin retirada de puntos.
En este caso tuvo que ser el Tribunal de lo Contencioso Administrativo número 2 quien corrigiera la sanción, pero de acuerdo con cálculos de la citada asociación podría haber miles de multas en circunstancias similares, pues es una práctica que tráfico de Cataluña realiza desde hace años.