La DGT está decidida a cortar por lo sano esta conducta

DGT

La infracción que ha llevado a la cárcel a cuatro conductores en sólo siete días

Esta conducta pone en riesgo tanto la integridad del conductor como la del resto de usuarios de la vía, por lo que está considerada como conducción temeraria

Alcohol, drogas y velocidad son los grandes caballos de batalla en carretera para la DGT, pues es cierto que habitualmente alguno de estos elementos o varios simultáneamente están detrás de numerosos accidentes de tráfico.

Los excesos de velocidad son responsables directos de que un mismo accidente pueda acabar con fallecidos o no, pues cada kilómetro por encima del límite permitido eleva la gravedad de las consecuencias de un accidente.

Velocidad inadecuada

El alcohol, por su parte, a los efectos de pérdida de control sobre la conducción suma el problema de que actúa como anticoagulante, lo que provoca que heridas no muy graves puedan ser mortales cuando está presente en la sangre.

Conductor sorprendido a 236 kilómetros/hora por la autopista

En este caso la DGT acaba de concluir una de sus tradicionales campañas de controles de velocidad en carretera que revela que los españoles cada vez corremos más, pues le hemos perdido el miedo a los radares y a las sanciones.

Sin miedo

La DGT ha desplegado casi 4.000 puntos de control en toda la geografía española, a excepción de Cataluña y País Vasco, en los que se han verificado la velocidad de casi 835.000 vehículos durante siete días.

La tasa de conductores que han sido sorprendidos por encima de la velocidad máxima ha sido del 5,8 %, lo que se traduce en algo más de 47.000 conductores, algo más que en la campaña equivalente llevada a cabo en 2023.

A 200 kilómetros/hora en un Range Rover

Sorprende que un 66 % de los conductores circulara por carreteras nacionales, que por su propias características son las menos adecuadas para correr, un verdadero peligro.

A la cárcel

Destaca el hecho de que de todos los conductores sancionados cuatro han sido puestos a disposición judicial por superar en 80 kilómetros a la hora la velocidad máxima de la vía, lo que tal y como establece el artículo 379 del Código Penal, es una delito y como tal puede ser sancionado incluso con penas de prisión, otra cosa es que no lo cumplan si no tienen antecedes.