Circulación
Un policía municipal de Madrid resuelve la duda: ¿es legal reservarle el sitio a otro coche?
Respondemos a la que se ha convertido en una de las dudas más habituales entre los conductores en las ciudades, nada mejor que un agente urbano para despejar la duda
El estacionamiento se ha convertido en uno de los principales problemas para los automovilistas, que sufren las consecuencias de la ola anticoches que se extiende por todas las ciudades españoles, lo que provoca que cada vez haya más zonas peatonales y más carriles bicis a la vez que menos sitio para aparcar el coche.
La vida buscando sitio
De acuerdo con un reciente estudio, los automovilistas dedican a buscar sitio hasta un 25 % del tiempo que están en su coche, una verdadera barbaridad que algunas fuentes cifran en torno a unas 96 horas anuales.
Cifras que lejos de mejorar van empeorando con el paso de los años. Esto hace que buscar aparcamiento se convierta en motivo de discusión habitual entre conductores, sobre todo cuando se percibe algún tipo de abuso por parte de otro, como por ejemplo que un peatón se plante en mitad de la calzada para reservarle el sitio a otro conductor
Habla la autoridad
Ante las dudas existentes hablamos con un policía municipal de Madrid que nos explica cuál sería su protocolo ante una situación de este tipo.
Hay que tener en cuenta que si acudimos al la ley, el Reglamento General de Circulación no dice nada al respecto, y tan sólo el artículo 122 que prohíbe a los peatones permanecer en la calzada, podría aplicarse a la actitud de aquella persona que trata de guardarle el sitio poniendo en juego su integridad.
Tal y como nos dice el policía municipal consultado, ellos deben remitirse a las ordenanzas municipales, que son las encargadas de regular este tipo de situaciones que afectan a las vías urbanas.
Ordenanzas municipales
En este caso al agente no le consta que las de Madrid traten el tema, en paralelo nosotros hemos consultado las de otras ciudades españolas y no hemos encontrado la menor referencia al asunto.
Según nos explica el agente existen dos posibilidades. Si llega en el momento en que el coche que pretende aparcar aún no lo ha hecho porque se lo impide la persona que reserva sitio, prohibiría a esta permanecer en la calzada para permitir la libre circulación del coche y con ello que aparque, pues prevalece este derecho.
La segunda opción es que el coche esté aparcado cuando llegue, en cuyo caso le diría que tiene la razón porque está correctamente estacionado, pues no existe la figura de reservar sitio.
En este punto se abriría el caso de las posibles denuncias entre ellos por insultos o por atropello, el agente iniciaría el procedimiento de denuncia para que sea un juez quién dictamine, aunque según nos confirma el agente la mayor parte de las ocasiones acaba en nada, pues ni los insultos son tan graves ni hay intentos de atropello reales de por medio.
La realidad es que regla general el sitio para aparcar pertenece al primer coche que se lo encuentra en el sentido natural de la marcha, sin más complicaciones.
Del mismo modo tampoco estaría permitido reservar un sitio de aparcamiento con una maceta o cualquier otro objeto, pues queda prohibido colocar en la calzada cualquier objeto que impida el tráfico o afecte al mismo.