Un día de campo, setas y níscalos que puede salir realmente caro

Otoño

Hasta 3.000 euros de multa por circular con el coche por pistas y caminos para ir a coger setas o níscalos

En plena temporada micológica conviene saber a lo que se arriesgan los 'cazadores' de setas por aparcar su coche en la cuneta o circular por pistas y caminos

Ya estamos en pleno otoño y con él llega la mejor época del año para coger setas y níscalos. Una actividad que está detrás de decenas de irregularidades que pueden suponernos una buena multa, aunque en este caso vamos a ocuparnos de las relacionadas con el coche o el vehículo en el que vamos a coger estos deliciosos productos del campo.

Para empezar frete a las largas hileras de coches que han aparcado al borde de la carretera para salir en la búsqueda de su preciado trofeo, conviene decir que no sólo es sancionable, sino que lo habitual es que si pasa la Guardia Civil y se encuentra coches aparcados en el arcén o en una cuneta los sancione con 200 euros.

Aparcar en la cuneta

Exactamente la misma multa que si aparcamos en un camino de tierra en zonas que no están habilitadas para ello.

Hasta 200 euros por aparcar en el arcén o cuneta

Con la fiebre de los coches SUV y los falsos todoterreno, es habitual que domingueros y campistas en general quieran meterse hasta la cocina, circulando por pistas y caminos, una circunstancia un tanto irregular, tal y como recoge nuestro ordenamiento jurídico.

No se puede circular por pistas

Para no tener problemas conviene partir de la base de que esta prohibido circular con vehículos a motor por cualquier camino o pista forestal. Así evitaremos problemas, salvo que sea particular o que vayamos camino de una propiedad.

Circular por caminos de tierra supone un problema legal

En este caso, para poder circular por cualquier camino conviene saber quién es el titular, pues puede ser estatal, autonómico, provincial o municipal. En este caso la regulación de su uso está determinada por el organismo que ostenta la titularidad, por lo que conviene pedir permisos puntuales para poder circular sin problemas.

El titular de la pista

A diferencia de lo que muchos conductores piensan, Guardia Forestal, Policía Local e incluso Guardia Civil suelen poner controles en caminos de tierra para identificar a los usuarios y el motivo de su uso. La razón no es otra que evitar que vehículos a motor como motos de campo o todoterrenos lo degraden y deterioren.

Si seguimos la vía judicial conviene acudir tanto a la Ley de Montes de ámbito estatal 43/2003 de 21 de noviembre, como a la Ley de Vías Pecuarias 3/1995 de 23 de marzo, ambas de ámbito estatal (cumplimiento nacional), que establecen que no se puede circular por caminos o zonas forestales con vehículos a motor salvo que sean privados o dispongamos de una autorización.

Se prohíbe el tránsito o la permanencia en caminos o zonas forestales donde exista prohibición expresa en tal sentido (...) excepto cuando haya sido expresamente autorizadaLey de MontesArtículo 67

Después de saber esto podemos hablar de que en cualquier caso y, si contamos con autorización, debemos circular siempre por debajo de 20 kilómetros a la hora y jamás en grupo, para lo que necesitaríamos otro permiso especial.

Los controles en el campo suelen ser muy habituales

Y siempre rezando para que el agente de la autoridad que nos pare se avenga a razones, pues la ley llega a tipificar esta actividad como delito ecológico y sancionarla con hasta 30.000 euros, con lo que el día de setas puede salirnos realmente caro.