Los radares se convierten en un verdadero chollo para los ayuntamientos

Sanciones

230 sentencias en firme demuestran que si te han puesto una multa como esta no es válida

Los tribunales tienen una carga extra de trabajo a cuenta de las cada vez más numerosas reclamaciones de los conductores por multas injustas

Hace ya mucho tiempo que los conductores no saben a qué atenerse en materia de multas y sanciones, sobre todo después de hechos como que por segunda vez una sentencia judicial haya dejado en el aire el funcionamiento de las Zonas de Bajas Emisiones.

Por si esto fuera poco, tal y como recoge una asociación de defensa jurídica de conductores, más de 230 sentencias en firme anulan un tipo de multa muy habitual en la actualidad.

Multas a la basura

En concreto nos referimos al Ayuntamiento de Madrid, que ha logrado el triste récord de ser la Administración que acumula más sentencias en contra por un tipo de infracción con la que los tribunales no están de acuerdo, pese a lo cual el consistorio sigue poniendo multas.

La calle madrileña M-30 está infectada de radares

Y no se trata precisamente de multas baratas, pues estamos ante sanciones de entre 100 y 400 euros y con retirada de hasta cuatro puntos del carnet.

Un buen pellizco

En este caso nos referimos a multas por exceso de velocidad en la madrileña M-30. Tal y como explica DVuelta, la asociación para la defensa de los conductores, en sólo dos años ha ganado más de 230 procesos judiciales al Ayuntamiento de la capital por este tipo de multas.

De hecho resulta incomprensible que pese a todo el Consistorio siga poniendo las mismas excusas para demostrar la validez de las sanciones.

Tal y como explica la asociación, los fallos de los tribunales desvelan una desatención de las obligaciones del Ayuntamiento, al desestimar sistemáticamente las alegaciones de los conductores y sin aportar la menor prueba que respalde las sanciones.

Pese a todo las multas siguen llegando en Madrid

Los recursos de los conductores alegan que al sancionar una limitación de velocidad específica, no genérica, los conductores deben estar al tanto del nuevo límite de velocidad que afecta al tramo concreto de la vía, algo que el Ayuntamiento no puede justificar al no existir señalización al efecto en numerosos tramos de la M-30, lo que significa que prevalece el límite genérico de la calle: 90 km/h.

Límite específico o genérico

En este caso el Ayuntamiento se limita a presentar como respuesta un plano de la M-30 y la sanción del radar, lo que en ningún caso es suficiente.

El problema es que el Consistorio sanciona, cobra del conductor e incluso llega a embargar las cuentas y después se ve obligado a devolver el importe con intereses, lo que perjudica a todos los madrileños.