Práctico
La DGT lo deja claro: estos son los únicos vehículos a los que podemos adelantar con línea continua
Se trata de una excepción que se puede aplicar en algunas ocasiones y permite librarnos de una multa de 400 euros y 4 puntos del carnet
Una de las primeras normas que los conductores aprenden al sacarse el carnet de conducir es que en carretera está completamente prohibido pisar y menos aún sobrepasar las líneas continuas.
Se trata de una norma que está perfectamente reflejada en el Reglamento General de Circulación y que hace referencia tanto a los giros a la izquierda como a las incorporaciones en las que pretendemos pisar una línea continua.
Prohibido adelantar, depende
También debemos tener en cuenta que en caso de adelantamiento tampoco podemos rebasarlas bajo ningún concepto.
Si se trata de un giro prohibido o invadimos el carril contrario trazando una curva la sanción es de 200 euros y 3 puntos del carnet de conducir, mientras que si adelantamos a otro vehículo con línea continua la multa se dispara hasta los 400 euros y 4 puntos.
La excepción a la norma
Es cierto que como casi todas las normas, esta también tiene excepciones. En este caso, la DGT permite adelantar con línea continua en dos circunstancias muy claras y concretas, por un lado, a bicicletas o ciclomotores que circulen a una velocidad anormalmente baja, y siempre que la visibilidad así lo permita y podamos mantener 1,5 metros de distancia.
El segundo de los casos hace referencia a los vehículos lentos como los tractores peatones, animales o vehículos o los que están tirados por animales, en cuyo caso las normas son similares a las que debemos aplicar con las bicicletas.
Una gran desconocida
Así las cosas, debemos elegir tramos con buena visibilidad y respetar una distancia de 1,5 metros con el vehículo móvil que queremos sobrepasar, tratando de que la maniobra dure el menor tiempo posible sin sobrepasar los límites de velocidad e invadiendo el carril contrario el menor espacio posible.
Aunque parezca mentira son muchos los conductores que desconocen esta normativa que está en vigor desde hace ya años y es de obligado cumplimiento.