Proporcionalmente los radares han crecido más en las ciudades que en las carreteras

Práctico

La DGT confirma la velocidad real a la que saltan los radares en las ciudades

Con los límites de velocidad reducidos al mínimo en los centros urbanos, conviene saber de la existencia de este margen de seguridad para evitar multas

Hace solo unos días que la DGT confirmaba que este año habría más de 120 nuevos radares en las carreteras españolas que, sumados a los más de 2.500 que ya había, hacen una cantidad como para estar pendientes de ellos.

Pero fuera de las carreteras, en las ciudades, la presión de este tipo de equipos también es muy elevada, con unos límites de velocidad que además son extremadamente bajos desde hace cuatro años.

Un negocio rentable

Los ayuntamientos han descubierto que los radares, además de contribuir a reducir la velocidad en las carreteras, son muy rentables, por lo que no dudan a la hora de ponerlos en funcionamiento, pues se amortizan en cuestión de días.

Los municipios también disponen de radares móviles

Tal y como recoge el artículo 50 del reglamento General de Circulación de 2020, el límite de las ciudades será de 20 kilómetros/hora en las calles con una única calzada para peatones y coches, 30 km/h en las calles con un único carril por sentido de circulación y de 50 km/h en las calles con dos o más carriles por sentido.

Límites velocidad ciudad

  • 20 km/h: calles calzada única para coches y peatones.
  • 30 km/h: calles con un único carril por sentido.
  • 50 km/h: calles con dos o más carriles por sentido.

Antes de esta modificación, la velocidad máxima genérica en las ciudades era de 50 kilómetros a la hora, el problema de estos nuevos límites tan bajos es que por un simple despiste podemos superarlos sin problemas.

Un simple despiste

En estos casos las multas con muy elevadas porque podemos doblar la velocidad máxima con relativa facilidad, lo que además de una multa de 600 euros y 6 puntos del carnet puede convertirse en un delito contra la seguridad vial.

Gran parte de las ciudades están limitadas a 20 y 30 km/h

Al igual que ocurre en las carreteras y por obligación de los tribunales, los radares deben tener siempre un margen de error, pues es imposible que multen con la precisión necesaria. Esto también ocurre en carretera, donde los márgenes reales a los que saltan los radares se calculan en función de la velocidad.

Los márgenes de error

En este caso, y al igual que ocurre en las carreteras, por debajo de los 50 kilómetros/hora se aplica un margen de 5 km/h, lo que significa que en un tramo limitado a 20 km/h podemos circular hasta 24 km/h con relativa tranquilidad, pues si nos sancionaran la multa sería recurrible, una regla que puede aplicarse también con los límites a 30 km/h y 50 km/h en los que los radares estarían tarados para multar a 34 km/h y 54 km/h respectivamente.

Se trata de una homologación que en su día estableció el Centro Español de Metrología.