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Aborto: ¿crimen o derecho?

Una nación cuya Constitución garantiza el derecho a la vida no puede reconocer el derecho al aborto, ni un derecho a «decidir»

El conocimiento del probable contenido de la sentencia del Tribunal Federal de los Estados Unidos sobre el aborto ha suscitado una virulenta polémica. Al parecer derogaría la existencia de un derecho al aborto en toda la Unión y autorizaría a que cada Estado lo permitiera o no. Naturalmente, esta decisión negaría la condición de la existencia de un derecho general al aborto.

El debate genuino es casi imposible en este caso, pues se trata de dos posiciones (acaso quepa alguna intermedia) absolutamente antagónicas e incompatibles que parten (cuando lo hacen) de dos concepciones antitéticas acerca de la condición humana. No cabe mayor oposición que la que existe entre quienes piensan que se trata de un crimen y quienes sostienen que es un derecho fundamental de las mujeres. Crimen o derecho. Además, abundan los insultos y las descalificaciones graves.

El aborto consiste en acabar voluntariamente con la vida, es decir matar, del embrión por decisión de la madre. Esto parece obvio, pero se trata de ocultar bajo el vergonzante eufemismo de «interrupción voluntaria del embarazo». Esta interrupción es definitiva y letal, produce la muerte. Luego cabrá discutir en qué plazo se puede matar y otras disquisiciones. ¿Hay vida? Sí. ¿Es humana? Sí. Luego hay vida humana. Y una vida humana es un ser humano. El aborto elimina a un ser humano.

Desde una perspectiva moral, no creo que la cuestión ofrezca muchas dudas. La aceptación social del aborto era, para Julián Marías, uno de los dos mayores errores de nuestro tiempo. Y tiene toda la razón. Pero sabemos, al menos desde el jurista romano Celso y, más tarde, san Agustín, que no es competencia de los Estados castigar todas las conductas inmorales, sino sólo aquellas que atenten contra la paz y el orden sociales, esto es, contra la justicia. Al Derecho le compete la protección de la vida, pues sin ella no hay ni paz ni orden social, y la consideración del aborto como un derecho atenta contra ese deber jurídico estatal. Dicho con otras palabras, el derecho al aborto es contrario al derecho a la vida y, por lo tanto, no es un derecho. En este sentido, una nación cuya Constitución garantiza el derecho a la vida no puede reconocer el derecho al aborto, ni un derecho a «decidir».

Otra cosa es que la única forma de proteger la vida sea su tipificación general como delito. Puede haber casos en los que no se castigue y se puede y se debe, utilizar las circunstancias eximentes de la responsabilidad penal, como el estado de necesidad. Por otra parte, es menester distinguir entre los derechos y las conductas meramente lícitas o permitidas. Incluso se podría permitir el aborto sin configurarlo como derecho, ya que todo derecho lleva consigo un deber correlativo. En este caso, un deber de matar.

Pero lo que me parece disparatado es considerar que el aborto constituya un avance social. Una encuesta, al parecer, concluye que el 54 por ciento de la población de los Estados Unidos es partidaria de mantener la regulación actual. Supongo que habrá otras con conclusiones diferentes. Pero, en cualquier caso, el 46 por ciento estaría en contra. Es un asunto que divide profundamente a la sociedad americana y también a otras muchas, como la española. Dado que el Derecho debe tener en cuenta a la sociedad y no sólo a una parte de ella, parece razonable que las legislaciones no lo configuren ni como un crimen en todos los casos ni tampoco como un derecho. En cualquier caso, no se trata de una controversia religiosa que enfrente a creyentes y agnósticos. Mientras tanto, quienes estamos convencidos de que se trata de un grave error moral debemos apoyar todos los recursos legales y también la vía de la persuasión, es decir, la vía educativa, para que pronto esos porcentajes se transformen en una inmensa mayoría en defensa de la vida.