Fundado en 1910

Cartas al director

La Real Federación Española de Fútbol

En mi opinión, la Real Federación Española de Fútbol, que depende del Consejo Superior de Deportes, tiene naturaleza administrativa. Sus directivos están sujetos al régimen de abstención del artículo 23 de la Ley del Sector Público (amistad íntima, interés directo...). Las salas de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo han enjuiciado estos últimos años diversas actuaciones de federaciones deportivas y del Consejo Superior de Deportes, lo cual prueba que sus actos tienen naturaleza público administrativa, con indudable incidencia en el interés general. La Real Federación Española de Fútbol puede contratar una competición española con un país extranjero, pero creo que, en tal caso, su presidente debería haberse abstenido en lo que ese contrato afecte a un amigo, máxime si ese amigo juega dicha competición. Y debería haber informado al Consejo Superior de Deportes, que algo tendrá que decir Franco sobre los torneos de España jugándose en Arabia Saudí. A Franco no le hubiese gustado. Digo.

José Luis Gardón

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