Cartas al director
La responsabilidad del Rey
El Rey, por la propia naturaleza de la institución, tiene limitados y suprimidos la casi totalidad de los derechos y libertades fundamentales que disfrutamos los ciudadanos. El Rey no hace huelga, el Rey no funda una asociación, no pertenece a un sindicato, no da ruedas de prensa, el Rey no convoca manifestaciones, no tiene libertad ideológica, no tiene intimidad ni derecho a la imagen, el Rey no elige su residencia ni sale y entra cuando quiere de España, no se presenta a las elecciones, no puede alegar en la elaboración de las leyes ni en los procedimientos administrativos sancionadores, el Rey no demanda judicialmente a los miembros del Gobierno (aunque lo calumnien) ni a ningún otro ciudadano. Pues bien, todavía nadie me ha explicado y justificado los motivos por los que el Rey tiene que declarar a Hacienda como un ciudadano más. Insisto: el Rey no puede participar de los más elementales derechos, por lo que, si no participa en plenitud, no contribuye. En buena lógica, ante el debilitamiento de sus derechos y libertades, el Rey goza de inviolabilidad (como los diputados y senadores) y no está sujeto a responsabilidad. La responsabilidad recae, por acción u omisión, en los sucesivos presidentes del Gobierno y en los sucesivos ministros. De lo que haga o haya hecho en el pasado el Rey responden, pues, Felipe, José María, José Luis, Mariano y Pedro. Y en un caso responde la presidente del Congreso. Por cierto, ¿por qué refrendó Meritxell Batet el acto del Rey consistente en la disolución de las Cortes del año 2019, sin haberse celebrado sucesivas sesiones de investidura, tal y como ordena el artículo 99.4 de la Constitución?