Cartas al director
¿Bloquear al presidente del Gobierno?
En 2021 el Legislativo golpeó flagrantemente a la Constitución, dejando en suspenso el artículo 159 de la Constitución, «dos magistrados del TC serán elegidos por el CGPJ». Transcurrido un año del golpe, este año el Legislativo rectificó, seguramente preocupado por las consecuencias de su actuación en 2021. La rectificación, sin embargo, acreditaba que nadie puede suspender un precepto constitucional por las bravas, tampoco los 350 diputados del Congreso. Si, por ejemplo, los 350 diputados fuesen convocados para votar una ley que despojara al presidente del Gobierno de dos de sus funciones directamente constitucionales, nombrar ministros y disolver las Cortes anticipadamente, es seguro que la Fiscalía intervendría, incluso proponiendo la detención de los 350 diputados. No se librarían ni los diputados que se hubiesen abstenido o votado en contra de «bloquear» al presidente del Gobierno, pues el delito estaría en haber admitido la convocatoria a una sesión manifiestamente fuera de la Constitución. En mi opinión, para olvidar el golpe de 2021 y evitar que la Fiscalía intervenga, lo mejor será que el presidente del Gobierno disuelva el Congreso y convoque elecciones al Congreso, pero no al Senado. El artículo 115 permite que el presidente del Gobierno disuelva solo el Congreso de los Diputados. El Senado se ha portado bien.