Fundado en 1910
TribunaRoberto Esteban Duque

«Fiducia supplicans» y la nota aclaratoria

En tal caso, si en determinados países se comprueba que una bendición ni goza ni supuestamente gozará de aceptación, ¿habría que seguir la moral dominante en la sociedad en la que se vive, derivar la bondad de semejante bendición del hecho extrínseco de contar o no con la aprobación de la sociedad?

Continúa el desconcierto sobre la publicación de la Declaración Fiducia supplicans, permitiendo «las bendiciones de parejas en situaciones irregulares y de parejas del mismo sexo», un documento ayuno del necesario intercambio continuo con los otros sobre el bien y lo justo en la comunidad de la vida moral, de la llamada exigente a la conversión y del reconocimiento de que la acción educativa en la sensibilidad pastoral de los ministros ordenados corresponde a la gracia divina y al no contrastar con la caridad. No es acertado presentar una via paucorum por la que se permitiese transitar para alcanzar el mismo destino.

Para el filósofo MacIntyre, la civilización moderna ha fracasado en su intento de proporcionar un fundamento racional a los juicios de valor y en particular al lenguaje moral. Síntoma de este fracaso es nuestra incapacidad para zanjar los debates morales, enzarzándonos en discusiones interminables. Este escenario parece reproducirse también en la Iglesia, donde Doctrina de la Fe ofrece una Nota aclaratoria, demasiado extensa para la categoría de Nota, con el propósito de recordar que lo importante de la Declaración es la invitación a distinguir entre dos formas diferentes de bendiciones: 'litúrgicas o ritualizadas' y 'espontáneas o pastorales'.

En la Nota, se sostiene con razón que «en varios países hay cuestiones fuertemente culturales e incluso legales que requieren tiempo y estrategias pastorales más allá del corto plazo. Si hay legislaciones que penalizan con la cárcel, y en algunos casos con torturas e incluso la muerte el solo hecho de declararse gay, se entiende que sería imprudente una bendición».

No hay nada que alegar en que ahí «sería imprudente una bendición», pero tampoco se puede mantener sin caer en el relativismo que en la Iglesia católica la praxis de semejantes bendiciones pastorales sólo tenga sentido en un código determinado. Doctrina de la Fe viene a decir que todo es relativo a una determinada comunidad cultural: de la discrepancia moral entre dos personas pertenecientes a culturas distintas no se sigue que al menos una de ellas se equivoque (objetivismo moral), antes bien ambas pueden tener razón, si bien una razón limitada al ámbito de la propia cultura. Lo que en una cultura es justo puede ser injusto en otra. La discrepancia alegada no afectaría a los principios morales sino a las normas subordinadas en que esos principios se sustancian en circunstancias históricas cambiantes.

En tal caso, si en determinados países se comprueba que una bendición ni goza ni supuestamente gozará de aceptación, ¿habría que seguir la moral dominante en la sociedad en la que se vive, derivar la bondad de semejante bendición del hecho extrínseco de contar o no con la aprobación de la sociedad, de contar con el refrendo de la sociedad, como si los hechos fundaran deberes? Si esto fuera así, no tendrían ningún valor las bendiciones, por mucho que intentemos investirlas de una cualidad que en sí mismas no poseen.

Dice la Nota que la Declaración «nos invita a una valoración de la fe sencilla del Pueblo de Dios, que aun en medio de sus pecados sale de la inmanencia, abre el corazón para pedir la ayuda de Dios». Actualmente, en el imaginario colectivo es frecuente oír hablar de los valores que sostiene cada persona. Pero casi nadie distingue entre estas dos versiones de valores, la que parte de la realidad o la que parte de la persona; normalmente, lo que se suele entender es sólo la segunda versión: los valores se derivan de las decisiones autónomas que hace la persona, y que determinan su estilo de vida, distinto del de los demás. Es evidente que en la respuesta que se da a lo subjetivamente satisfactorio el sujeto se mantiene en su esfera inmanente (no sale de ella, como afirma la Nota), en cuanto no sale de su propia dinámica e intereses.

Doctrina de la Fe advierte a los obispos de que no pueden prohibir a los sacerdotes bendecir las uniones homosexuales e irregulares. Lo que significa que el sacerdote no se puede negar tampoco a concederlas. Extraño ejercicio de sinodalidad de la Iglesia. Porque en este contexto, ya no hay sólo despliegue de un paisaje ético de valores, sino que se advierte una ordenación de los distintos valores según un criterio rector que sirva de ayuda para tomar una decisión. La Declaración es un mandato en el que se apunta que un cierto valor tiene preferencia sobre otro, algo que traerá un mayor número de conflictos. Si se trata de conseguir el mayor bien para el mayor número, o sea, que el mayor número de personas posible satisfaga sus deseos autónomos, en esta visión utilitarista y consecuencialista ¿cómo se salvaguardan las posibilidades de acción de otros miembros de la comunidad contrarios a la Declaración, es decir, las acciones en conciencia del sacerdote?

A la luz de los análisis de MacIntyre, la sociedad moderna se presenta como el escenario de constantes luchas burocráticas de poder en las que cada parte procura satisfacer sus necesidades e intereses. Dado que estos discursos son esencialmente manipuladores, MacIntyre no duda en calificar de emotivistas a las sociedades liberales que los generan y viven de ellos. Ignoro si ocurre algo semejante en el seno de la Iglesia.

  • Roberto Esteban Duque es sacerdote