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Un perro mira por la ventana de un edificioGTRES

Amenazar con maltratar a la mascota ya es motivo para denegar una custodia compartida de los hijos

Así lo decreta el Boletín Oficial del Estado publicado este martes

Provocar o amenazar con causar malos tratos a animales como «medio» para «controlar o victimizar» al cónyuge o a los hijos constituye desde esta semana motivo suficiente para retirar o denegar una custodia compartida.

Así lo recoge este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE) en lo que supone al mismo tiempo una modificación del Código Civil (apartado 7 del artículo 92). En la disposición final primera del texto de Ley Concursal del BOE, se recoge lo siguiente:

«No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género. Se apreciará también a estos efectos la existencia de malos tratos a animales, o la amenaza de causarlos, como medio para controlar o victimizar a cualquiera de estas personas».

El año pasado, el Gobierno aprobó una polémica reforma del artículo 94 del Código Civil para que una denuncia por malos tratos, y la subsiguiente apertura de un procedimiento penal, conllevara la privación del régimen de visitas al progenitor que no tenga la custodia.

De la misma manera, la llamada 'Ley del solo sí es sí' concede la condición de víctima sexual mediante la mera redacción de un informe de los servicios sociales, lo que puede ser motivo de asignación de indemnizaciones solo por el hecho de que se esté considerando interponer una denuncia por agresión sexual o incluso aunque la sentencia de dicha denuncia sea absolutoria.

Según fuentes jurídicas, este ‘acicate’ económico podría propiciar un boom de «demandas instrumentales», al tiempo que justifica la concesión de partidas presupuestarias y la propia existencia del Ministerio de Igualdad. Solo este primer semestre de 2022 se han incrementado las denuncias por violación un 27 % respecto al año pasado.

Ley de régimen de los animales

La nueva disposición que entra en vigor ya se avanzó en la Ley 17/2021 sobre el régimen jurídico de los animales impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que en el segundo apartado del preámbulo establecía:

«Por otro lado, atendiendo al vínculo existente y la concurrencia entre los malos tratos a animales y la violencia doméstica y de género y el maltrato y abuso sexual infantil, se contemplan limitaciones a la guarda y custodia en casos de antecedentes por maltrato animal ejercido como forma de violencia o maltrato psicológico contra aquellos».