Catorce comunidades ya reconocían la libre autodeterminación de género antes de la ley trans
La presente ley permite a las personas transexuales mayores de edad cambiarse el sexo y el nombre del DNI sin necesidad de someterse a una operación
La ley trans sigue generando tensiones, ya no solo entre el Gobierno y Podemos. El proyecto ideado por la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha abierto una gran brecha entre la sociedad. Las desavenencias de varios componentes del Ejecutivo han llevado a aplazar una vez más la aprobación de esta polémica ley, algo que ha generado desasosiego a la formación morada. No obstante, a pesar de la falta de acuerdos, 14 comunidades autónomas han obtenido el beneplácito del PSOE ya reconocen la libre autodeterminación en sus leyes autónomas.
La presente ley de autodeterminación de género, aprobada en 2007, permite a las personas transexuales mayores de edad cambiarse el sexo y el nombre del DNI sin necesidad de someterse a una operación. Según el Boletín Oficial del Estado (BOE) uno de los principales requisitos para acceder a este cambio debe ser la presentación de un informe médico o psicológico con una disforia de género diagnosticada.
Si Montero se sale con la suya y el Congreso apoya esta ley, España se sumaría a los nueve países que permiten la libre autodeterminación de sexo, y, por lo tanto, se eliminarían los requisitos anteriores. Este discutido proyecto permitirá que cualquier persona mayor de 16 años pueda cambiarse el nombre y el sexo en el DNI sin necesidad de la autorización de sus padres o tutores legales y sin un soporte médico ni psicológico que certifique la disconformidad con su cuerpo.
Entre los 14 y los 16 años sí sería necesaria la autorización. En caso de conflicto entraría en juego el papel de un defensor judicial. Además, entre los 12 y 14 años, sería necesaria la previa autorización de un juez. Se trata de una ley, según los expertos sanitarios, que afecta a la patria potestad.
Un texto que ni la exvicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, ve claro. Tal y como respondió en Cadena Ser al también exvicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, la ley trans «es mucho más complicada» al influir «en la infancia y en la adolescencia», tocando el artículo 14 y 15 de la Carta Magna «además de otros derechos muy importantes».
Autodeterminación de género
Este debate no interfiere en la mayor parte de las comunidades autónomas, que cuentan con una legislación propia que permite la libre autodeterminación de sexo y que además regula los tratamientos cedidos por la sanidad pública, que se dan tanto a mayores como a menores de edad. No obstante, en el segundo caso se debe contar con autorizaciones paternas o judiciales.
Desde el año 2016, Madrid reconoció la Ley de Identidad y Expresión de Género, donde se proclama el «derecho a la identidad de género libremente manifestada». Esta norma establece que los menores de edad que quieran acceder a bloqueadores de pubertad podrán hacerlo, además de facilitarles meses o años después el tratamiento hormonal cruzado para disminuir los caracteres sexuales secundarios del género biológico e inducir los del género autopercibido. No obstante, para acceder a estos tratamientos los menores de edad necesitan una autorización paterna o judicial en caso de no haber acuerdo.
Lo mismo pasa en La Rioja, que ha sido la última comunidad autónoma en llevarlo a cabo. Su ley declara «el derecho a la autodeterminación de género libremente determinada» y hace hincapié en todos los tratamientos o cirugías a los que tienen acceso las personas transexuales.
A estas leyes también se han unido Canarias, que reconoció también mediante un texto los derechos de las personas no binarias; Castilla-La Mancha, País Vasco, Aragón, Navarra, Cataluña, Murcia, la Comunidad Valenciana, Andalucía Extremadura, las Islas Baleares y Cataluña, que avivan la llama y determinan que ninguna persona puede ser obligada a someterse a un examen médico o psicológico.