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Las multas por exceder el número podrían ser de entre 150 y 300 eurosGTRES

Este es el número máximo de mascotas que puedes tener en casa

Según la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Madrid, un particular tiene un límite de animales que puede albergar en su vivienda

En el marco de la reciente aprobación de la ley de bienestar animal la pasada semana, los medios y las instituciones se están apresurando a aclarar algunos aspectos de la nueva norma, puesto que conllevará varios cambios que afectan a los dueños de mascotas.

Sin embargo, no todos ellos vienen de la mano del texto impulsado por le Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 –encabezado por Ione Belarra–, sino que los municipios también tienen competencias que estipulan en sus ordenanzas municipales.

Así ocurre, por ejemplo en la ciudad más poblada de España, Madrid. Allí, su ayuntamiento, gobernado por el popular José Luis Martínez-Almeida, ha querido recordar que, según lo establecido su legislación, una persona puede tener un número máximo de mascotas.

El texto establece que se autoriza la tenencia de animales de compañía en los domicilios particulares, «siempre que las condiciones de su alojamiento lo permitan, y quede garantizada la ausencia de riesgos higiénico-sanitarios para su entorno».

Sin embargo, desde el consistorio madrileño matizan: «En cualquier caso, en el supuesto de perros y gatos, su número total no podrá superar los cinco animales sin la correspondiente autorización de los servicios competentes del Ayuntamiento».

Esto quiere decir que, en términos generales, solo se podrán tener cinco perros y/o gatos en un mismo domicilio. En caso de exceder este número, el ayuntamiento tendrá que expedir una autorización expresa después de contemplar las condiciones en las que viven o el tipo de vivienda que quien lo solicite.

En caso de no cumplir la norma constituiría una infracción leve, que será sancionada con multa «de 25.000 hasta 50.000 pesetas». Así lo estipula el documento compartido por la Policía Municipal de Madrid la semana pasada que, entendemos, no ha sido actualizado desde la entrada en vigor del euro. Traducido a la moneda actual, la sanción estaría comprendida entre los 150 y los 300 euros.

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