Estos son los collares de perro que estarán prohibidos con la nueva ley de bienestar animal
La norma aplica el veto a unos tipos concretos que, de seguir usándose cuando se apruebe el texto, acarrearán multas de entre 10.001 y 50.000 euros
El proyecto de ley de bienestar animal que aprobó hace un par de semanas el Congreso de los Diputados pasa ahora al Senado para continuar su tramitación parlamentaria. Este viernes concluye el plazo de presentación de enmiendas parciales y vetos y su fecha límite de tramitación se ha fijado para el próximo día 9 de marzo.
En la Cámara Alta podrán llevarse a cabo enmiendas que modifiquen el texto final, pero el que ha recibido luz verde del Congreso contiene partes cuando menos llamativas. La realización obligatoria de un cursillo para los dueños de perros, la prohibición de mantener a los animales de compañía en terrazas y patios o el endurecimiento de penas en caso de matar cualquier animal «vertebrado» son algunas de ellas.
Por eso, aquellos que tienen una mascota en casa comienzan a hacerse muchas preguntas. Aunque, como decimos, la ley no está aún aprobada del todo, sí conviene que los dueños de animales comiencen a echarle un vistazo para evitar que, una vez entre en vigor, comentan una infracción y sean multados.
En el mundo de los animales de compañía se ha introducido una novedad con respecto a los proyectos anteriores: una especificación de collares que no se pueden utilizar. Así se recoge en su artículo 28:
Artículo 28
Por tanto, este nuevo apartado recalca algo que, a priori, parece obvio, y es que no se utilicen herramientas de manejo que puedan hacer daño al animal. Se especifica que no se pueden utilizar collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.
Aunque pueda parecer que esto no es habitual, solo hace falta buscar en Google cualquiera de esos tipos de collar para observar la amplia gama de los mismos que se venden por internet. En la misma plataforma de compras de Amazon se pueden adquirir tanto cadenas con pinchos como de ahogo. Asimismo, también encontramos collares que proporcionan descargas eléctricas por menos de 30 euros.
De tener uno de estos tipos de collar y continuar usándolo con la entrada en vigor del texto, el sujeto en cuestión se vería expuesto a una multa de una cuantía relevante. Se consideraría una infracción grave que estaría penada con multas de 10.001 a 50.000 euros.