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Manifestación a favor de la autodeterminación del géneroAFP

La ley trans prevé crear un censo de «sexiliados» e incluirlos en políticas de despoblación

Otro de los puntos más comentados y criticados del departamento de Montero tiene que ver con el veto a las conocidas como terapias de conversión

La ley trans, aunque se ha enfrentado a un camino lleno de complicaciones, finalmente fue aprobada el pasado 16 de febrero en el Congreso de los Diputados. La ministra de Igualdad, Irene Montero, a pesar de las negativas de diferentes partidos políticos, pudo festejar el 2 de marzo la entrada en vigor de su controvertida ley que garantiza el abastecimiento de tratamientos hormonales, sanciona las expresiones vejatorias y estudia el fenómeno del 'sexilio'.

Aunque el apartado más conflictivo de la ley es el de la autodeterminación de género, que abrió una gran brecha entre los partidos, Igualdad ha decidido, a petición de los socialistas, introducir en la norma la palabra 'sexilio', entendida como la emigración de las personas LGTBI de su zona de confort por violencia o amenazas hacia su orientación sexual.

El BOE, explica que en «el plazo de un año» desde la aprobación de esta ley y a través del Consejo de Participación de las personas LGTBI, se establecerán los mecanismos adecuados para recabar información sobre la migración de las personas LGTBI dentro de España. «Teniendo en cuenta los datos que se obtengan se contemplará el 'sexilio' como causa de despoblación dentro de las medidas sobre políticas de despoblación del Gobierno de España», apuntan.

Otro de los puntos más comentados y criticados del departamento de Montero tiene que ver con el veto a las conocidas terapias de conversión para que no se «modifique» la orientación sexual o identidad de género de las personas mediante terapias psicológicas.

También se prohíbe la terapia exploratoria. Al negar esta asistencia, lo que se suscita es a usar fármacos y cirugía. En este punto los médicos o especialistas pasan a un segundo plano, ya no tiene la potestad de informar, es el joven quien decide si se hormona u opera.

Con la norma de Igualdad los padres pasan a un segundo plano. Según el artículo 70.3, que habla de los menores de edad, la negativa a respetar la orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales de una persona menor por parte de su entorno familiar, deberá tenerse en cuenta a efectos de valorar una situación de riesgo. Es decir, si no quieren enfrentarse a la posible pérdida de la patria potestad, tendrán que autorizar todos los tratamientos que les reclamen.

Por último, la ley permite la autodeterminación de género. Los mayores de 12 años ya pueden acudir al Registro Civil y cambiar su nombre y su sexo en el documento de identidad con el permiso de sus padres, aunque si se niegan podrían sufrir consecuencias en virtud del artículo de la ley trans antes mencionado. Las personas con más de 16 años podrán hacerlo sin consentimiento paterno.